Jesús de Nazaret: Derecho y compasión

Jesús de Nazaret: Derecho y compasión - Diego García Paz
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Jesús de Nazaret ha sido determinante para la historia de la humanidad. Sin perjuicio de las consideraciones teológicas y filosóficas que generan su persona y obra, y más allá de las convicciones metafísicas que a nivel individual puedan albergarse respecto del Nazareno, como no podía ser de otro modo, sus enseñanzas también cristalizaron en la rama social por antonomasia del conocimiento humano: el Derecho.

Trascendiendo las normas estatutarias propias del ámbito de la Iglesia Católica (el Derecho Canónico), con la importancia que este ordenamiento jurídico tuvo en la evolución general del Derecho, los valores impartidos por Jesús asentaron las bases de las relaciones internacionales, y por ende del Derecho Internacional Público:

  • En un mundo en el que el Derecho Romano contemplaba de forma pormenorizada el régimen de la esclavitud y los sistemas de manumisión, Jesús fue, con una gran antelación al Estado Moderno, el máximo defensor de la igualdad de los hombres, que más tarde sería plasmada como un derecho fundamental indispensable.
  • Asimismo, impulsó la entrega a los demás, con dejación de los propios intereses, sin más expectativa que el bien ajeno. Este postulado constituye los cimientos del principio de solidaridad internacional entre los estados, al que se recurrió tras los grandes conflictos bélicos del siglo XX.
  • Precisamente, la prohibición expresa del uso de la guerra como medio para resolver las controversias, y la necesidad de agotar todas las vías pacíficas, a través de la mediación y la diplomacia, se hallan en las enseñanzas de Jesús, descartando como prioritaria la respuesta violenta ante un acto de agresión; y si el conflicto bélico se produce efectivamente, en la génesis del Derecho Internacional para y en la guerra (ius ad bellum y ius in bello) se encuentran los principios de salvaguarda de la seguridad y de la vida, de minimización de las víctimas en los conflictos armados, de establecimiento de zonas neutrales o de seguridad; en definitiva, del Derecho Internacional Humanitario.

El respeto al Derecho en su totalidad, como expresión de la evolución de ser humano, sin alzarse frente a las normas, generando estados de insurrección o rebeldía, también se encuentra en la obra de Jesús de Nazaret, para quien hay que “dar al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios”, sin imposiciones contrarias al sistema de convivencia y de legalidad, siendo así que los cambios que hayan de producirse habrán de tener lugar dentro de los sistemas y con arreglo a los procedimientos que el propio ordenamiento jurídico habilita, y no mediante el adoctrinamiento, el control o la fuerza, vengan de donde vengan y obedezcan a las ideas que sean, pues todo cambio habrá de realizarse dentro del Derecho y sin alzamientos o conspiraciones contrarias al mismo: el fundamento del Derecho está más allá de su cristalización positiva; su sentido y naturaleza es superior a la plasmación material que supone la norma escrita, y, de hecho, la legitima y justifica porque dicha norma es, precisamente, acorde con esos principios éticos. Cuando la ley se separe de la ética, los propios mecanismos del ordenamiento jurídico, en las manos de un legislador prudente, sensato y moral (con un sentido de la ética pública verdadero) posibilitarán el cambio necesario sin estridencias y sin el sufrimiento que toda revolución supone.

El concepto del perdón, tan propio de la doctrina de Jesús, configuró y modificó el Derecho Penal, motivando una nueva consideración del castigo como consecuencia jurídica del delito, desde una perspectiva no retributiva del mal causado, sino resocializadora, y contemplando expresamente el perdón del ofendido y sus efectos jurídico-penales.

Estas cruciales repercusiones de la filosofía de Jesús de Nazaret en la disciplina jurídica deben ser recordadas en los tiempos que nos tocan vivir, en los que es tan pronunciada la tendencia a la presentación de la realidad de forma interesada, desvinculada de la historia y opacando la intervención en la misma de las grandes personalidades que se han sucedido a través de los siglos, cuyo libre conocimiento permite a la sociedad alcanzar las razones y la verdad sobre su progreso y comprender la importancia de una figura como la de Jesús, que desde muchos prismas ha de definirse como la más relevante para el ser humano: en lo social (donde se enmarca el Derecho) y también en otros planos cruciales para la humanidad, que tanto la definen, como es el de la necesaria esperanza.

“Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados.”

 

Diego García Paz

Letrado Jefe de Civil y Penal de la Comunidad de Madrid.

Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. Filósofo y escritor