A partir del 1 de enero de 2025, entrarán en vigor las restricciones a la circulación en Madrid para los vehículos sin distintivo ambiental (tipo A), que hasta ahora no se veían afectados por las normativas medioambientales. Estas restricciones afectan a los vehículos empadronados en Madrid o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), así como a las motocicletas y vehículos de mercancías de cualquier parte de España, incluyendo aquellos del municipio de Madrid.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido un periodo de aviso de 12 meses, hasta el 31 de diciembre de 2025, para que los propietarios de estos vehículos se adapten a las nuevas normas. Durante este tiempo, los titulares de vehículos sin distintivo ambiental podrán seguir aparcando en el servicio de estacionamiento regulado (SER) en sus barrios, aunque estarán sujetos a sanciones si aparcan fuera de sus zonas asignadas.
La vicealcaldesa y portavoz del equipo de Gobierno, Inma Sanz, explicó en rueda de prensa que la prohibición de estacionamiento para estos vehículos, recogida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, se deja en suspenso hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que permite la prórroga del aparcamiento en las zonas del SER para los residentes afectados.
Además, los conductores afectados recibirán un SMS o correo electrónico informándoles sobre esta afectación, así como sobre el plazo de pago de la tarjeta de residente del SER, que se extenderá hasta el 31 de enero de 2025.