El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido una sentencia histórica al denegar por primera vez los derechos de reversión a los antiguos propietarios de los terrenos sobre los que se levantará el gran desarrollo urbanístico de Madrid Nuevo Norte. La resolución marca un precedente jurídico clave tras la desafectación de las parcelas por parte de Adif y su posterior transmisión a Crea Madrid Nuevo Norte, confirmando que no se cumplen los requisitos legales para recuperar la propiedad expropiada.
El fallo, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, desestima el recurso interpuesto por una familia de herederos cuyos terrenos fueron expropiados en 1949 para la construcción del ferrocarril de Madrid a Burgos, concretamente en la zona de la Estación de Clasificación de Fuencarral. Según el tribunal, no concurren los supuestos previstos en la Ley de Expropiación Forzosa (LEF) que permitan reconocer el derecho de reversión, al haberse cumplido el objetivo de la expropiación y haber transcurrido sobradamente los plazos legales.
Los magistrados basan su decisión en el artículo 54 de la LEF, modificado por la Ley de Ordenación de la Edificación de 1999, que excluye la reversión cuando han pasado más de diez años desde la finalización del servicio público o más de veinte desde la ocupación del terreno en casos de desafectación. En este caso, la reclamación se presentó más de 70 años después de la expropiación, por lo que el tribunal la considera “extemporánea”.
La sentencia subraya que los terrenos, situados dentro del recinto ferroviario de Chamartín y Fuencarral, se destinaron efectivamente al uso previsto, por lo que el fin expropiatorio se cumplió. Además, el TSJM pone en duda que los demandantes hayan acreditado de forma concluyente la identidad exacta de la finca expropiada en 1949, recalcando que es responsabilidad de los actores demostrar dicha correspondencia.
Durante el proceso, se practicó una prueba pericial judicial elaborada por un ingeniero en geomática y topografía, que concluyó que la parcela “no ha sufrido alteraciones morfológicas significativas desde su expropiación” y que “no se detectan signos de actividad ni obras relevantes”. Sin embargo, el tribunal sostiene que las pruebas periciales adicionales evidencian que el terreno fue utilizado para almacenamiento de materiales ferroviarios, manteniendo así su vinculación con el servicio público.
Esta resolución constituye la primera vez que el TSJM se pronuncia sobre terrenos ya desafectados, y marca un precedente relevante para otros procedimientos en curso. La Sala también es competente en los recursos interpuestos por la Asociación No Abuso y Baraka Capital Group S.L., que reclaman derechos de reversión sobre suelos desafectados y transferidos a Crea Madrid Nuevo Norte.
El fallo, de 12 páginas, concluye que la finalidad pública de la expropiación fue plenamente cumplida y que el derecho de reversión no puede ejercerse décadas después de haberse agotado los plazos y cumplido la función para la que se expropiaron los terrenos.
La sentencia puede ser recurrida en casación, aunque los expertos señalan que el pronunciamiento del TSJM sienta una base jurídica sólida para la resolución de futuras reclamaciones relacionadas con las antiguas expropiaciones ferroviarias en los ámbitos de Chamartín y Fuencarral, actualmente integrados en el proyecto Madrid Nuevo Norte.