Educación

Infantil y Primaria sin pantallas: así es la nueva normativa digital en Madrid

La Comunidad de Madrid ha dado un paso decisivo hacia la protección del bienestar infantil con la aprobación de un decreto que prohíbe el uso individual de dispositivos digitales en las etapas de Infantil y Primaria a partir del curso 2025/2026 en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Miguel Ángel García Martín en rueda de prensa - Foto de la Comunidad de Madrid
photo_camera Miguel Ángel García Martín en rueda de prensa - Foto de la Comunidad de Madrid

La medida afectará a más de 550.000 alumnos de la región y pretende reducir el impacto del uso temprano e intensivo de las tecnologías en las edades más tempranas.

La normativa, aprobada este miércoles por el Consejo de Gobierno, busca garantizar una correcta adquisición de las competencias digitales sin comprometer el desarrollo cognitivo, emocional y social de los escolares. Según explicó el portavoz del Ejecutivo autonómico, Miguel Ángel García Martín, el objetivo es “reducir los riesgos derivados del uso inadecuado de las tecnologías de la información, protegiendo a los menores en una etapa clave de su desarrollo”.

Limitaciones por etapas y uso compartido regulado

El decreto establece que niños y niñas de Educación Infantil y Primaria no podrán usar tablets, móviles u ordenadores de manera individual en clase, ni realizar tareas o deberes evaluables en casa que requieran su uso. Sí se permitirá el empleo compartido de estos dispositivos, pero bajo estricta supervisión docente y con fines pedagógicos concretos, así como con un límite horario por ciclo educativo:

  • Hasta 3 años (1er ciclo de Infantil): contacto con dispositivos totalmente restringido.
  • De 3 a 6 años (2º ciclo de Infantil): hasta 1 hora semanal de uso compartido.
  • 1º y 2º de Primaria: máximo 1 hora semanal compartida.
  • 3º y 4º de Primaria: hasta 1,5 horas semanales.
  • 5º y 6º de Primaria: 2 horas semanales como tope.

En Educación Secundaria, los centros educativos tendrán mayor autonomía para establecer el modelo de uso digital, ajustándolo a la edad, madurez y necesidades del alumnado.

Excepciones y periodo de adaptación

El texto contempla excepciones para el alumnado con necesidades educativas especiales, que podrán seguir utilizando herramientas digitales de forma individual cuando lo requiera su informe psicopedagógico. También se permitirá su uso en materias optativas donde sean imprescindibles para alcanzar los objetivos curriculares.

Los centros concertados y públicos tendrán todo el curso 2025/26 para adaptar sus proyectos educativos a la nueva normativa. En los casos donde ya existan programas implantados con un dispositivo por alumno, la Comunidad de Madrid concede un año adicional, hasta el curso 2026/27, para completar la transición.

A partir de ese curso, no podrán incluir nuevos cursos con uso individual de pantallas, y se deberán aplicar planes de reducción de horas frente a las pantallas y eliminar progresivamente tareas que exijan tecnología fuera del horario escolar.

Supervisión educativa y participación ciudadana

La normativa ha sido reforzada tras su paso por el Consejo Escolar y un proceso de consulta pública, donde se han recibido más de 400 alegaciones. Como novedad, se ha dotado a la Inspección Educativa de un doble papel: además de supervisar el cumplimiento, asesorará a los centros para una correcta implantación del modelo, garantizando la salud y seguridad en el uso de medios tecnológicos.

Además, aunque los colegios privados no concertados no están obligados por esta normativa, se les anima a incorporar en su planificación educativa criterios para el uso responsable de las tecnologías en el aula.