“La empresa puede contaminar todo lo que quiera porque en la sociedad sobra el agua, entonces el precio del agua es 0. Nadie puede reclamar el precio de propiedad de ese río porque no vale nada. Entonces: ¿Quién va a reclamar el derecho de propiedad? Cuando haya escasez nos preocupamos. Habrá derecho de propiedad y se van a preocupar por la contaminación”.
Estas palabras textuales, pertenecen a Javier Milei, presidente de Argentina. Tristes. Lamentables. Pero reales.
Y, sobre todo, peligrosas.
Porque no se trata de una opinión al pasar: se trata de una visión del mundo. Una en la que el agua es mercancía, y su valor depende de su escasez; una donde la contaminación es aceptable mientras el “precio” no suba; una donde la protección ambiental solo es relevante cuando el daño ya está hecho.
Pero los datos científicos dicen exactamente lo contrario.
Según el Informe Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos 2023, publicado por UNESCO y UN-Water, entre 2.000 y 3.000 millones de personas, aproximadamente el 25% al 37% de la población mundial, experimentan escasez de agua al menos un mes al año, y 2.000 millones de personas (26%) no disponen de agua potable segura. Además, 3.6 mil millones de personas (46%) carecen de acceso a un saneamiento seguro. Adicionalmente, UNICEF señala que 4.000 millones de personas, cerca de dos tercios de la población mundial (66%), sufren escasez severa de agua al menos un mes al año, y más de 2.000 millones viven en países donde el suministro es inadecuado o inseguro.
La semana pasada se realizó en Argentina una audiencia pública tras la media sanción en el Senado a la reforma de la Ley 26.639, en un contexto especialmente incongruente con discursos que minimizan la crisis hídrica global. La reforma busca flexibilizar la protección de los glaciares para habilitar actividades mineras y petroleras en zonas hoy resguardadas, reduciendo el alcance de una ley vigente desde 2010 que se apoya en un Inventario Nacional de Glaciares científico y consensuado.
La importancia de los glaciares es indiscutible: entre el 68% y el 70% del agua dulce del planeta está en forma de hielo, regulan el clima, sostienen ecosistemas y comunidades enteras, previenen inundaciones, resguardan la memoria climática y su desaparición acelera el calentamiento global.
En la audiencia, Marta Maffei —autora de la ley original— advirtió que la minería a cielo abierto utiliza sustancias altamente tóxicas como ácido sulfúrico, radón, estroncio y metales pesados, generando “agua inservible para la vida y para todas las vidas”. Por otro lado, el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel denunció que solo el 0,4% de las más de 100.000 personas inscriptas pudo participar, restringiendo la voz ciudadana en un debate que afecta un recurso vital para todos.
La Ley de Glaciares de 2010 establece una protección amplia y preventiva de todos los glaciares y del ambiente periglacial, prohíbe la minería y cualquier actividad que altere la dinámica del hielo, y se apoya en un Inventario Nacional técnico y obligatorio que no admite excepciones políticas. La reforma propuesta para 2026 plantea un cambio profundo: limita la protección a glaciares con función hídrica relevante, permite actividades productivas —incluida la minería— si no afectan esa función y otorga a las provincias la facultad de decidir qué glaciares proteger, además de permitir la inclusión o exclusión de áreas en el inventario.
En síntesis, mientras la ley vigente busca una conservación integral como garantía de soberanía hídrica y protección ambiental, la reforma propone una flexibilización que amplía la discrecionalidad provincial y abre la puerta a inversiones económicas en zonas antes resguardadas. En un contexto donde los intereses privados y transnacionales avanzan sobre territorios estratégicos, la Ley 26.639 sigue representando un consenso construido entre ciencia, comunidades y pueblos originarios para asegurar que el agua —y las fuentes que la sostienen— no se negocien ni se pongan en riesgo.
Frente a los intereses privados y transnacionales que buscan avanzar sobre territorios estratégicos, la Ley 26.639 se sostiene como un consenso construido con la ciencia, las comunidades y los pueblos originarios para asegurar que las fuentes de agua no puedan ser negociadas ni rematadas.
En tiempos de contradicciones, cuando derechos conquistados con décadas de lucha vuelven a ponerse en discusión, es fundamental recordar que hay certezas que no pueden relativizarse.
No al extractivismo que destruye, no a las lógicas que priorizan la renta por sobre la vida, no a la explotación sin límites que compromete el futuro de todos y todas.
No, señor Presidente. No a las corporaciones por encima del bien común, no a los políticos que entregan territorio, no a un modelo que sacrifica lo irrecuperable.
Y porque hay principios que no se negocian, solo se defienden: ningún desarrollo es legítimo si exige destruir aquello que sostiene la vida.
Lo que está en discusión es la soberanía hídrica, ambiental y territorial de la Argentina.
El agua es sagrada. El agua es vida.
Y la vida —la de las generaciones presentes y futuras— jamás puede ponerse en remate.