Férvido y mucho

El Caso Conde/Banesto reconsiderado

Mi precedente artículo (1) remataba de forma un tanto perentoria que conviene aclarar y precisar. Me proponía “probar” hoy “dos” cosas apoyándome en el trabajo del físico L. Gunn (2016) y su equipo, referenciado en (1). El trabajo apunta a que las condenas (o aclamaciones) por unanimidad pudiesen estar afectadas por sesgos o juicios de valor. Esas “dos” cosas son: a) Einstein, a pesar de la unanimidad que lo aureola, no fue el genitor de la Teoría de la Relatividad; b) Mario Conde fue condenado por aplicación de la falacia del consenso/unanimidad lo cual, consideraciones jurídicas aparte, lleva a sospechar científicamente que no hubiese sido juzgado imparcialmente. De la misma forma que la aclamación unánime que gozó en su época dorada fue quizás excesiva –¡Mario, queremos tener un hijo tuyo!, berreaban a las puertas de la Catedral de Santiago- no lo fue menos la unánime condena posterior, al judicializarse el Caso Conde/Banesto.

Si bien se mira, “dos” cosas van a ser demasiadas teniendo en cuenta el espacio disponible para un artículo de Opinión, dejemos lo de Einstein para otra entrega. La segunda aclaración concierne a “probar”. En relación a probar que una proposición es verdadera debemos tener en cuenta que Verdad, lo que se dice Verdad demostrable, solo existe en lógica o en matemáticas. Y no siempre. Hay teoremas o proposiciones que siendo verdaderas no puede probarse que lo sean, son indecidibles (primer teorema de incompletitud de Gödel). Lo mismo sucede con teoremas o proposiciones falsas que no puede probarse que lo sean. Evidentemente, no pretendo probar (¿o debería decir “mostrar”?) este tipo de Verdad/ Falsedad fuerte, sino acercarme a certezas más o menos probabilísticas. Es sabido, o debería serlo, nadie está en posesión de la Verdad. Todos sufrimos de racionalidad limitada y de una serie de sesgos o prejuicios cognitivos, razonamientos aparentemente fiables pero afectados de errores de juicio.

Sin duda, el Derecho, como las matemáticas, es un sistema lógico-probatorio. No se trata del mismo tipo de lógica ni del mismo tipo de pruebas aunque la así llamada Lógica jurídica sea perfectamente coherente en su contexto. Que un sistema lógico sea no contradictorio es de la mayor importancia en evitación de probar A y también no-A. Esta coherencia no se observa judicialmente, universalmente en el tiempo y el espacio, pues una persona puede ser declarada culpable (A) de ciertos cargos en instancia inferior y, con las mismas pruebas pero otro tribunal, inocente (no-A) en el Supremo.

El enfoque de L. Gunn (2016) va mucho más allá que el Teorema del Jurado (Condorcet, cf. (1) ). El análisis de Gunn combina la agregación estadística clásica con la teoría físico-matemática de detección de señales. En sistemas que reposan en un zócalo de ruido estadístico (white noise), la probabilidad de observar una secuencia larga de resultados idénticos, sin fallos, tiende a cero, sugiriendo que la evidencia abrumadora es en realidad una prueba de sesgo de selección o fallo en el proceso de recolección de pruebas (o presión sobre jueces/jurados). Según el enfoque de Gunn, un Jurado/Tribunal que recibe una avalancha de pruebas “perfectas” debería, de manera intuitiva o racional, percibir que algo anda mal. Un Jurado/Tribunal objetivo actuando con recto proceder debería valorar más una metodología que reconozca sus propias limitaciones, y ampare las discrepancias, que otra que se presente con solvencia probatoria incuestionable, a fortiori si el supuesto reo no deja a nadie indiferente y el eco se repercute mediáticamente en un juicio paralelo.

El artículo de Gunn y otros (Too good to be true: when overwhelming evidence fails to convince), introduce elementos disruptivos en la lógica del Teorema del Jurado. Clásicamente, consideramos que cuantas más pruebas se presenten contra un acusado y mayor la unanimidad de jueces/jurados/votantes, cuanto más numerosos mejor, más segura es su culpabilidad. Si diez testigos identifican al sospechoso, estamos más seguros que si sólo son dos. Gunn argumenta que, en sistemas complejos plagados de pequeños errores sistemáticos (o sesgos), la unanimidad perfecta o una evidencia abrumadora puede ser un indicador de error, no de verdad. En el mundo real, es estadísticamente probable que existan errores: un testigo que se confunde, una prueba de laboratorio contaminada o un malentendido. Si en un caso complejo –o complejísimo, como el de Conde/ Banesto- se presentan veinte pruebas/votos y las veinte apuntan en la misma dirección sin una sola discrepancia ni voto particular, el observador racional debería sospechar que hay un fallo sistémico o sesgo de confirmación o presión política que está filtrando la realidad. En el contexto de un Jurado/Tribunal, esto significa que si todos los miembros llegan a la misma conclusión, sin votos particulares y sin fisuras, en un caso difícil, podría no deberse a la claridad de la evidencia, sino a un sesgo compartido que ha ahormado y embridado la independencia de criterio. La concordancia perfecta/consenso/unanimidad en un sistema probabilísticamente ruidoso es, en sí misma, señal sospechosa. Gunn y su equipo nos enseñan que la falta de discrepancia y la unanimidad deben reconsiderarse. Por ello, la vieja sabiduría talmúdica absolvía a un reo condenado a muerte unánimemente por los 23 jueces del Sanedrín.

Cuando la unanimidad es abrumadora, no hay disidencia, es probable que no estemos ante la verdad, sino ante un sesgo sistémico que ha secuestrado la deliberación o algo peor: presiones sobre los miembros del Jurado/Tribunal ¿Cómo podemos aplicar todo esto al caso Conde? Mostrando la unanimidad en su condena. Ahí va.

Mario Conde fue siempre condenado por unanimidad, no sólo en materia penal sino también en procedimiento contencioso-administrativo, mercantil y civil. Y en el Constitucional. Demasiada unanimidad aplicando los criterios de Gunn. 3 jueces en la Audiencia. 5 jueces en el Supremo. Ningún voto particular, ni la mínima discrepancia. No sólo eso sino que hay pruebas de persecución y ensañamiento. En el caso Argentia Trust se presentó recurso, ante el TEDH, pero fue inadmitido sin más, sin entrar en el fondo, siguiendo la solicitud del Abogado del Estado español actuando a instancia de parte contra Conde. La única vez que una sentencia fue favorable a Conde/Banesto, en primera instancia, la Fiscalía recurrió de inmediato consiguiendo que se agravaran las penas, asimismo por unanimidad, en el subsiguiente juicio (sentencia del Supremo en Casación). Esto condujo a violación del principio de doble instancia penal según dictamen del Comité de Derechos Humanos (ONU) que reza así:

“El Comité toma nota de las alegaciones del recurrente en el sentido de que su condena en Casación por dos cargos de los que fue absuelto en primera instancia, y la consecuente agravación de su pena, no fueron revisadas por un Tribunal superior. La ausencia del derecho a revisión por un Tribunal superior de la condena impuesta por un Tribunal de apelación, después de que la persona hubiera sido declarada inocente por un Tribunal inferior, constituye una violación del párrafo 5 del artículo 14 del Pacto.2.”  El Supremo, por unanimidad de nuevo, consideró que este dictamen no era vinculante. Y hasta hoy. Para la Historia: uno de los magistrados que conformaban esa unanimidad había sido ponente de la condena en Casación. O sea, prácticamente a todos los efectos, juez y parte. Nunca mejor dicho.

Last but not least, voy a aportar una prueba, crucial, de la persecución política y la unanimidad inquisitorial contra Conde. Y tanto es así que en 1995 se publicó, de la autoría de Martín García Vega, el libro “El Congreso frente a Mario Conde: las actas de la comisión parlamentaria sobre la intervención de Banesto”. Lo de “frente” mete miedo, es puramente vomitivo. Jamás se ha visto tal unanimidad, ni en el Politburó, ni en las Cortes franquistas. Ni un solo voto particular, ni la mínima discrepancia.

Resumiendo. La Justicia, debemos entender, es un ejercicio de probabilidad donde la perfección consensual de la unanimidad es, a menudo, señal de error, prejuicio, corrupción, presión política o sesgo oculto. No lo digo yo, lo sugieren la física y las matemáticas. Y El Talmud.

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