La Comunidad de Madrid ha decretado la suspensión temporal del uso de maquinaria susceptible de generar chispas, calor o descargas eléctricas, así como del lanzamiento de fuegos artificiales, ante la situación de riesgo extremo de incendios forestales provocada por las elevadas temperaturas previstas para estos días.
La medida, que estará vigente desde las 14:00 horas de este martes y durante toda la jornada del miércoles, afecta tanto a los terrenos forestales como a la franja de 400 metros que rodea estas zonas de vegetación y forma parte de las actuaciones previstas en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (INFOMA).
Restricciones para reducir el riesgo de incendios
La resolución, publicada por la Dirección General de Emergencias, limita el uso de desbrozadoras, radiales, amoladoras, sopletes y cualquier otra maquinaria capaz de producir chispas o calor que pueda originar un incendio.
Según recuerda el Ejecutivo autonómico, cerca de la mitad de los incendios forestales registrados durante el verano tienen su origen en un uso inadecuado de este tipo de herramientas, por lo que insiste en la necesidad de extremar las precauciones y respetar las restricciones establecidas.
La campaña de prevención se mantiene hasta el 31 de octubre
La Comunidad recuerda que el periodo de peligro alto de incendios forestales permanece activo entre el 15 de mayo y el 31 de octubre, por lo que solicita a ciudadanos, empresas y profesionales que adopten todas las medidas preventivas cuando desarrollen trabajos en las proximidades de zonas de vegetación.
Asimismo, advierte de que provocar un incendio por una actuación negligente puede constituir un delito, incluso en aquellos casos en los que exista una autorización administrativa para realizar la actividad.
Autorizaciones obligatorias para determinados trabajos
Los trabajos con maquinaria que pueda generar chispas, calor o descargas eléctricas en terrenos forestales o en su área de influencia requieren una autorización específica de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112).
En esa autorización se establecen las condiciones de seguridad que deben cumplirse para minimizar el riesgo y facilitar una intervención rápida si se produjera un incendio.
Por otra parte, cuando estos trabajos se desarrollen en suelo urbano a menos de 50 metros de una masa forestal, serán los ayuntamientos los encargados de regular las condiciones de uso.
En el caso de las cosechadoras que operen en cultivos situados a menos de 400 metros de terreno forestal, los agricultores deberán comunicar previamente el inicio de la actividad al teléfono gratuito habilitado por la Comunidad de Madrid.
Vigilancia reforzada por parte de los Agentes Forestales
El Cuerpo de Agentes Forestales intensificará durante estos días las labores de inspección para comprobar el cumplimiento de las medidas preventivas.
Si durante las inspecciones se detectan incumplimientos de la normativa, los agentes podrán ordenar la paralización inmediata de los trabajos y levantar la correspondiente acta, con el fin de evitar situaciones que puedan derivar en un incendio forestal en un contexto de máximo riesgo.