Prórroga obligatoria de dos años: ¿Qué pasa si el Congreso no lo avala?
Uno de los puntos más polémicos señalados por la ANA es la prórroga obligatoria de dos años para los contratos que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. La agencia plantea un escenario de incertidumbre: si un propietario concede esta prórroga ahora y el decreto termina siendo rechazado en el Congreso, dichas prórrogas dejarían de tener efecto, dejando en el aire la situación legal de miles de contratos.
Además, aclaran que esta medida solo afecta a contratos vigentes al entrar en vigor la norma, no se aplica a contratos en situación de "tácita reconducción" (regidos por el Código Civil) y no afecta si el arrendador alega causa de necesidad.
El límite del 2% y la diferencia entre propietarios
Respecto a la actualización de las rentas, el decreto mantiene el límite general del 2%, pero introduce matices importantes según el perfil del arrendador. Para los pequeños propietarios, se puede negociar con el inquilino un incremento superior al 2%, siempre que exista acuerdo entre las partes y nunca se supere la variación del IPC. Para los grandes propietarios, el máximo es el 2%.
Riesgo de fuga de inversores
Desde la Agencia Negociadora señalan que este marco normativo "desincentiva el alquiler como opción de inversión". Advierten que los propietarios buscarán alternativas más seguras para rentabilizar sus ahorros, lo que endurecerá las condiciones de acceso para los nuevos inquilinos.
"La incertidumbre es el peor enemigo del mercado", concluye la ANA en su comunicado, señalando que las dudas interpretativas sobre acuerdos previos alcanzados antes de la norma pero que vencen durante su vigencia generarán un aluvión de consultas y posibles conflictos judiciales en los próximos meses de 2026.