La ofensiva contra el tabaquismo da un paso decisivo. El Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto que reforma la Ley 28/2005 para ampliar los espacios libres de humo, equiparar los cigarrillos electrónicos al tabaco y prohibir por primera vez el consumo a menores de edad. La ministra de Sanidad, Mónica García, recordó que el tabaco “se lleva la vida de 140 personas al día” en España y defendió una norma que blinda la protección de la infancia y de los no fumadores.
Qué cambia con la nueva norma
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Terrazas sin humo: quedará prohibido fumar y vapear en terrazas de bares y restaurantes.
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Más espacios protegidos: no se podrá consumir en recintos de espectáculos (conciertos y eventos al aire libre), instalaciones deportivas y piscinas de uso colectivo, estaciones y marquesinas, parques infantiles, campus universitarios y espacios exteriores de centros educativos y sanitarios. Varias formulaciones del texto incluyen también playas entre los entornos libres de humo.
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Perímetro de seguridad: se crea un cordón de 15 metros alrededor de accesos a hospitales, centros educativos, parques infantiles, museos o bibliotecas donde tampoco se permitirá fumar ni vapear.
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Vehículos de trabajo y con conductor: los vehículos comerciales y VTC pasan a considerarse entornos libres de humo.
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Menores, ni venta ni consumo: además de la venta, se prohíbe el consumo por menores de tabaco, vapers (con o sin nicotina), shishas, productos calentados y bolsitas de nicotina. Las infracciones serán sancionables; en faltas leves se prevén multas desde 100 €, con responsabilidad subsidiaria de los progenitores.
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Vapeadores desechables, prohibidos: se veta la venta de vapers de un solo uso por su impacto ambiental y su atractivo entre jóvenes.
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Misma regla para todos los dispositivos: los cigarrillos electrónicos y productos relacionados (shishas, calentados, bolsitas de nicotina) quedan equiparados al tabaco en restricciones, publicidad y sanciones.
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Señalización obligatoria: los titulares de espacios deberán instalar cartelería visible con las nuevas prohibiciones.
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Publicidad y patrocinio, fuera: se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, también en redes sociales, mobiliario de hostelería y eventos culturales o deportivos.
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Régimen sancionador reforzado: habrá multas de hasta 600.000 € para las infracciones muy graves.
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Observatorio y seguimiento: se crea un Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, con informes bienales y programas de prevención y cesación.
Lo que no entra (de momento)
El texto no incorpora el empaquetado genérico ni la subida de impuestos al tabaco por falta de acuerdo en el seno del Gobierno. Sanidad no descarta intentar introducir el paquete neutro durante la tramitación parlamentaria.
Calendario y transición
La aprobación actual es un anteproyecto: ahora pasa a audiencia pública, regresará al Consejo de Ministros y después al Congreso y Senado. La norma contempla un periodo transitorio de 12 meses tras su entrada en vigor para agotar existencias de vapers desechables y adaptar productos y señalización.
Por qué ahora
La ley se alinea con el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y el Código Europeo contra el Cáncer, y busca reducir la prevalencia del tabaquismo y la exposición al humo en entornos cotidianos, con especial protección a menores y población no fumadora. Sanidad subraya, además, la evidencia científica sobre los daños del vapeo y su papel como puerta de entrada al consumo de tabaco entre adolescentes.