La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto tres expedientes sancionadores (SNC/DTSA/007/26, SNC/DTSA/107/25 y SNC/DTSA/144/25) dirigidos a los creadores de contenido Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter. En sus resoluciones, el organismo recuerda que estos streamers están catalogados legalmente como Usuarios de Especial Relevancia (UER) según la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esta figura los equipara en responsabilidades a los prestadores de servicios de comunicación, obligándoles a actuar con la competencia profesional necesaria para garantizar la protección de la audiencia en plataformas digitales.
Las actuaciones instruidas por la CNMC concluyen que los tres generadores de contenidos incurrieron en infracciones de carácter grave recogidas en el artículo 158.31 de la citada norma. Las faltas se centran en la omisión de señalización publicitaria clara, el incumplimiento de la regulación sobre la promoción de productos sanitarios y la falta de etiquetado por edades en material audiovisual violento de libre acceso.
Emplazamiento comercial no identificado y regulación farmacéutica
En el procedimiento incoado a Ibai Llanos (@IbaiLlanos), la multa inicial fijada en 710 euros ha quedado reducida a 568 euros tras aplicarse la bonificación del 20% por pago anticipado. La inspección determinó que varios vídeos difundidos en la red social X durante la promoción de La Velada mostraban latas de Coca-Cola vinculadas a distintos artistas musicales sin incorporar mecanismos ópticos, acústicos o espaciales que permitieran al usuario diferenciar la comunicación comercial del contenido informativo o de entretenimiento.
Por lo que respecta a Nachter (@nachter en Instagram y @Nachter en Facebook), la sanción asciende a 1.779,94 euros, si bien la cifra final se ha situado en 1.067,96 euros al concurrir el reconocimiento explícito de la infracción y el abono por adelantado. El expediente acredita la emisión de campañas sobre productos "antigripales" sin respetar los requisitos legales exigidos para los medicamentos, los cuales obligan a explicitar la finalidad publicitaria de la publicación e incluir advertencias para el consumidor, como la remisión al prospecto o la consulta a un farmacéutico.
Protección de menores y limitaciones al control parental
El tercer expediente sancionador atañe a Jordi Wild, con una cuantía de 1.543,44 euros, reducida a 1.241,95 euros mediante pago previo, por la difusión de combates de contacto extremo pertenecientes al evento 'Dogfight Wild Tournament' a través de sus canales de YouTube (@ElRinconDeGiorgio y @dwt_fighting).
La resolución aprobada indica que la emisión de disciplinas de contacto de fuerte impacto requería una advertencia previa explícita y la categorización por edades oportuna. El organismo supervisor enfatiza que la ausencia de este filtrado técnico inicial invalida las herramientas de control parental de la propia plataforma, impidiendo que las familias puedan restringir el acceso de los menores a contenidos potencialmente perjudiciales para su desarrollo físico o mental.
Las tres resoluciones, que contaron con el voto particular de un consejero dentro del órgano regulador, ratifican la línea del supervisor de vigilar el cumplimiento estricto del marco legal en las redes sociales.