Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas cifra en 2,2 millones el perjuicio por ayudas a Grupo Dhul en el caso ERE

La sentencia declara un alcance al patrimonio público andaluz por ayudas sociolaborales concedidas sin justificación suficiente

Tribunal de Cuentas - Foto Wikipedia
photo_camera Tribunal de Cuentas - Foto Wikipedia

El Tribunal de Cuentas ha dictado sentencia sobre las ayudas sociolaborales concedidas a la empresa Grupo Dhul, S.L. en el marco de los ERE en Andalucía, concluyendo que se produjo un perjuicio al patrimonio público de la Junta de Andalucía de 2,25 millones de euros.

La resolución, emitida por el Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento, se enmarca en el procedimiento de reintegro por alcance relativo a las ayudas otorgadas por la Consejería de Empleo entre los años 2001 y 2010.

Detección de pagos indebidos con fondos públicos

El fallo detalla que parte del perjuicio, 412.805,44 euros, corresponde al pago con fondos públicos de primas de seguros de rentas de prejubilación destinadas a tres personas que no formaban parte del colectivo de extrabajadores afectados por los despidos en Grupo Dhul.

Estos pagos, según la sentencia, se realizaron sin que existiera justificación para incluir a dichas personas como beneficiarias de las ayudas.

Ayudas directas sin justificación suficiente

La mayor parte del importe, 1.838.523,92 euros, se vincula a la concesión de una ayuda directa a la mercantil Grupo Dhul, destinada a afrontar la devolución de un préstamo concedido por una entidad financiera.

El Tribunal considera que esta ayuda se otorgó sin justificación suficiente, lo que contribuyó al alcance detectado en los fondos públicos.

Responsabilidad contable y condena

La sentencia declara como responsables contables directos del perjuicio a las personas que ocuparon el cargo de director general de Trabajo de la Junta de Andalucía durante el periodo investigado, así como a la propia empresa Grupo Dhul.

La resolución establece la obligación de reintegrar las cantidades correspondientes al daño causado al erario público.

Posibilidad de recurso

El fallo no es firme y puede ser recurrido en segunda instancia ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, lo que abre la puerta a una revisión del caso en instancias superiores.

Un nuevo pronunciamiento en el caso de los ERE

Esta sentencia se suma a otros procedimientos relacionados con las ayudas sociolaborales en Andalucía, en los que se analizan posibles irregularidades en la gestión de fondos públicos durante ese periodo.