Europa pone en jaque al Gobierno por negar el derecho a huelga a la Guardia Civil tras la denuncia de JUCIL

La asociación mayoritaria en la Guardia Civil logra que el Comité Europeo de Derechos Sociales admita su queja sobre las restricciones sindicales en el cuerpo. España deberá responder antes de dos meses.
Control de la Guardia Civil de Tráfico | Foto de DGT
photo_camera Control de la Guardia Civil de Tráfico | Foto de DGT

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), dependiente del Consejo de Europa, ha admitido a trámite una reclamación colectiva presentada por JUCIL, la asociación mayoritaria en el Consejo de la Guardia Civil, en la que denuncia la vulneración de los derechos fundamentales de libertad sindical, huelga y negociación colectiva que afecta al cuerpo.

Esta decisión supone un hito sin precedentes en la historia reciente de las fuerzas de seguridad en España y obliga al Gobierno a presentar alegaciones en un plazo máximo de dos meses.

La reclamación, que se enmarca en el sistema de quejas colectivas contemplado por la Carta Social Europea, pone el foco en las restricciones normativas impuestas desde hace décadas a los guardias civiles. La Constitución Española, en su artículo 28, establece límites al derecho de sindicación en cuerpos armados, y tanto la Ley Orgánica de Libertad Sindical (11/1985) como la de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (2/1986) prohíben expresamente el derecho de huelga para policías y guardias civiles.

Sin embargo, JUCIL defiende que estas restricciones resultan contrarias al espíritu y la letra de la Carta Social Europea, ratificada por España tanto en su versión de 1980 como en la revisada del año 2000. En particular, invoca el artículo 5, que garantiza la libertad de asociación para la defensa de los intereses económicos y sociales, y el artículo 6, que reconoce el derecho a la negociación colectiva para todos los trabajadores.

Europa entra en juego: precedentes en Portugal e Irlanda

La admisión a trámite por parte del CEDS no implica aún una resolución definitiva, pero sí da inicio a una fase de instrucción que podría culminar en una sentencia que obligue a España a modificar su marco legal. Los servicios jurídicos de JUCIL argumentan que existen precedentes relevantes en otros países europeos.

En 2024, el Comité Europeo falló a favor de Euromil en un caso similar contra Portugal, reconociendo el derecho a la sindicación y negociación colectiva en las Fuerzas Armadas lusas. También en 2014, el CEDS condenó al Gobierno de Irlanda por negar esos mismos derechos a su cuerpo de policía (Garda Síochána), al considerar que tales restricciones eran desproporcionadas y carentes de justificación en términos de seguridad nacional.

Un paso hacia la igualdad laboral en la Guardia Civil

Para Ernesto Vilariño, secretario general de JUCIL, esta admisión marca “un momento histórico que refleja años de trabajo y dedicación por parte de nuestro equipo jurídico”. Vilariño insiste en que la actual situación deja a los guardias civiles en una posición de desventaja e indefensión frente a la Administración:

“Los guardias civiles no disponen de herramientas básicas de negociación, como la huelga, lo que perpetúa una desigualdad estructural con respecto a otros funcionarios públicos”.

¿Qué puede implicar esta decisión?

Si el Comité Europeo de Derechos Sociales estima finalmente la reclamación, España podría verse obligada a modificar su legislación para permitir formas limitadas de representación y acción colectiva en la Guardia Civil. Esto incluiría posibles mecanismos de negociación o compensación ante la prohibición del derecho a huelga, sin comprometer los principios de seguridad nacional.

Este avance de JUCIL podría tener repercusiones también para otros cuerpos de seguridad del Estado y contribuir a una armonización europea en materia de derechos laborales en los sectores uniformados. Mientras tanto, el Gobierno tendrá que responder formalmente ante el CEDS y justificar por qué mantiene estas restricciones pese a los compromisos adquiridos con la Carta Social Europea.