Una estudiante asiática afincada en Madrid ha generado debate en redes sociales tras denunciar lo que considera una injusticia en la normativa española de extranjería. Según relata en un vídeo publicado en Instagram, pese a llevar más de tres años en el país, haber concluido tres másteres y un doctorado en universidades madrileñas, hablar español y estar plenamente integrada, no puede solicitar la residencia permanente.
La joven explica que cada año debe renovar su permiso de estudios, aportando abundante documentación y esperando durante meses la resolución, lo que le impide incluso salir de España durante ese periodo. “He terminado mis estudios, tengo amigos españoles, hablo el idioma y estoy integrada. Pero el Gobierno me dice que debo volver a mi país. Mientras tanto, una persona que reside dos años sin papeles puede acceder a la residencia. Yo no lo entiendo”, lamenta.
Sus declaraciones han avivado un debate recurrente sobre los criterios de acceso a la residencia permanente en España.
Requisitos para la residencia permanente en España
La legislación española establece que pueden solicitar residencia de carácter permanente:
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Los ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, y sus familiares, tras cinco años de residencia legal continuada en España.
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Trabajadores por cuenta ajena o propia que cesen su actividad por jubilación, incapacidad permanente o traslado laboral a otro país de la UE, siempre cumpliendo condiciones específicas de tiempo trabajado y residencia.
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Familiares de ciudadanos comunitarios en caso de fallecimiento, nulidad matrimonial o divorcio, si mantienen su derecho de residencia.
En estos casos, se exige acreditar documentalmente la permanencia en el país y el cumplimiento de los requisitos laborales o familiares. El certificado o tarjeta de residencia permanente se expide con una validez de diez años y se renueva automáticamente.
El contraste con el “arraigo social”
Al margen de la vía comunitaria, España permite que extranjeros en situación irregular accedan a la residencia por arraigo social tras acreditar dos años de permanencia continuada en el país, junto a un contrato laboral y vínculos familiares o de integración. Este procedimiento, recogido en la Ley de Extranjería, está pensado para dar salida administrativa a quienes han permanecido en el territorio sin autorización.
Precisamente este contraste es el que la estudiante denuncia: mientras a ella, como alumna universitaria, no se le reconoce la posibilidad de acceder a una residencia estable, quienes han permanecido sin papeles pueden regularizar su situación antes.
Un debate pendiente
El caso reabre la discusión sobre la equidad en los procesos migratorios en España y el papel de los estudiantes extranjeros altamente cualificados. La joven insiste en que no cuestiona la llegada de inmigrantes en situación irregular, pero reclama una vía más flexible para quienes estudian, se forman y se integran en la sociedad española.
“Yo no digo que los inmigrantes sean algo malo, porque yo también lo soy. Pero no entiendo por qué a alguien con estudios, idioma e integración no se le da la oportunidad de quedarse, y a otros sí solo por llevar dos años”, concluye en su testimonio.