Indemnizaciones

Renfe e Iryo suprimen las indemnizaciones por retrasos causados por las limitaciones de velocidad de Adif

Renfe e Iryo anuncian que no compensarán los retrasos derivados de las limitaciones de velocidad impuestas por Adif, una decisión que ya ha generado críticas de los consumidores.

AVE - Foto de Renfe
photo_camera AVE - Foto de Renfe

Las operadoras ferroviarias Renfe e Iryo han anunciado que dejarán de indemnizar a los pasajeros por los retrasos en los servicios de alta velocidad cuando estos se deban a las limitaciones temporales de velocidad establecidas por el gestor de infraestructuras, Adif, tras el accidente ferroviario de Adamuz.

Ambas compañías han comunicado la medida a través de avisos publicados en sus páginas web, en los que subrayan que los retrasos derivados de estas restricciones son ajenos a la responsabilidad de los operadores y, por tanto, no darán derecho a compensación económica.

Qué trayectos se verán afectados

En el caso de Iryo, la operadora ha precisado que la decisión afecta especialmente a los trayectos entre Madrid y Barcelona y entre Madrid y Valencia. Los billetes adquiridos a partir del 28 de enero de 2026 ya no estarán sujetos a las políticas habituales de compensación por retraso si la causa es una limitación de velocidad impuesta por Adif.

Por su parte, Renfe ha indicado que los billetes comprados desde el 31 de enero tampoco generarán derecho a indemnización cuando el retraso tenga su origen en estas restricciones técnicas. La compañía pública reconoce que algunos servicios pueden experimentar demoras, pero insiste en que se trata de circunstancias externas a su gestión.

Limitaciones de velocidad tras el accidente de Adamuz

Después del trágico accidente ferroviario de Adamuz, en el que murieron 45 personas, Adif activó numerosas limitaciones temporales de velocidad en distintos corredores de alta velocidad tras recibir avisos de los maquinistas por vibraciones, baches y posibles deficiencias en la infraestructura.

Entre las medidas adoptadas figura la reducción de la velocidad máxima a 150 y 160 km/h en varios tramos de las líneas Madrid-Zaragoza-Barcelona y Madrid-Valencia, muy por debajo de los 300 km/h habituales. Estas restricciones han provocado retrasos recurrentes en los últimos días.

Cambios previos en la política de compensaciones

Renfe ya había endurecido sus criterios de indemnización en julio de 2025. Desde entonces, solo devuelve el 100% del billete cuando el retraso supera los 90 minutos y el 50% cuando excede los 60 minutos, equiparando su compromiso de puntualidad al de otros operadores como Iryo u Ouigo. Con la nueva decisión, estos derechos quedan suspendidos cuando la causa sea una limitación impuesta por Adif.

Críticas de los consumidores y reacción política

La organización de consumidores Facua ha denunciado que Renfe e Iryo deben seguir pagando las indemnizaciones previstas en la normativa europea. A su juicio, las limitaciones de velocidad derivadas del accidente no pueden considerarse una excepción que exima a las compañías de compensar a los viajeros.

Facua recuerda que las políticas de puntualidad forman parte del contrato con el cliente y que la normativa comunitaria protege al pasajero frente a retrasos prolongados, con independencia de que la causa sea externa al operador.

En el plano político, el ministro de Transportes, Óscar Puente, defendió en el Senado que las limitaciones responden a razones técnicas y de seguridad, mientras que desde la oposición, el presidente aragonés en funciones Jorge Azcón ha reclamado la dimisión del ministro y bonificaciones en el precio de los billetes ante lo que considera un servicio deficiente.

Ouigo mantiene, por ahora, sus devoluciones

Frente a esta decisión conjunta de Renfe e Iryo, la operadora francesa Ouigo mantiene, por el momento, su política de compensaciones por retraso, lo que introduce una diferencia relevante entre los operadores que compiten en los principales corredores de alta velocidad.