Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo archiva la denuncia del general Fernando Mora por la orden de no acudir al Dos de Mayo de 2025

El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia del general Fernando Mora por la orden de no asistir al acto del Dos de Mayo de 2025 en Madrid
Sede del Tribunal Supremo - Foto de Servimedia
photo_camera Sede del Tribunal Supremo - Foto de Servimedia

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha acordado archivar la denuncia presentada por el general de División de la Guardia Civil Fernando Mora contra el teniente general Luis del Castillo, a quien atribuía presuntos delitos de abuso de autoridad, trato degradante y humillante, amenazas, coacciones, injurias y calumnias.

En un auto fechado el 21 de julio, los magistrados concluyen por unanimidad que no existe delito alguno en los hechos denunciados, relacionados con la orden recibida por Fernando Mora para no acudir al acto del Día de la Comunidad de Madrid del Dos de Mayo de 2025, presidido por Isabel Díaz Ayuso.

La conversación fue grabada por el denunciante

La resolución recoge que el general Fernando Mora llamó por teléfono a su superior y grabó la conversación utilizando el teléfono de su esposa mientras mantenía el dispositivo en manos libres.

Según el tribunal, en esa llamada quedaron registradas expresiones que califica de "fuera de todo lugar", aunque también reprocha al denunciante la forma en la que obtuvo la grabación.

Los magistrados consideran que esa actuación "se puede considerar inadecuada, impertinente e irrespetuosa", y sostienen que, dado el desarrollo de la conversación, lo procedente habría sido darla por finalizada en lugar de grabarla sin conocimiento del interlocutor.

El tribunal destaca el tiempo transcurrido hasta la denuncia

El auto también llama la atención sobre el tiempo transcurrido entre los hechos y la presentación de la denuncia.

Los magistrados recuerdan que la conversación tuvo lugar el 30 de abril de 2025, mientras que la denuncia fue presentada el 22 de junio de 2026, es decir, más de un año después.

La Sala considera relevante esa demora y pone de manifiesto la pasividad mostrada por el denunciante durante ese periodo.

Un cruce de mensajes y una orden trasladada por un superior

Según el Tribunal Supremo, lo ocurrido se enmarca en un "cruce de mensajes" a través de WhatsApp, originado después de que Fernando Mora manifestara que no pensaba excusarse para dejar de asistir al acto del Dos de Mayo.

Los magistrados sostienen que Luis del Castillo se limitó a comunicar la orden que había recibido, por lo que entienden que de esa actuación no puede desprenderse la comisión de ningún delito.

Asimismo, consideran que la llamada realizada por Fernando Mora para cuestionar la decisión del Ministerio del Interior de impedir su asistencia al acto resultó inadecuada.

El lenguaje empleado se sitúa en un contexto de confianza

La resolución admite que algunas de las expresiones utilizadas por el teniente general pueden calificarse de "groseras, chabacanas y soeces".

No obstante, la Sala entiende que dichas manifestaciones se produjeron en un ambiente de familiaridad, compañerismo y confianza, como respuesta a los comentarios realizados durante la conversación, y no desde un abuso derivado de la jerarquía militar.

El archivo puede ser recurrido

El Tribunal Supremo concluye que no concurre un trato degradante penalmente relevante, al no apreciarse una lesión de la integridad moral ni un sentimiento de humillación o vejación que permita sostener la existencia de un delito.

Por ello, acuerda el archivo del procedimiento, una decisión que puede ser recurrida mediante recurso de súplica ante la propia Sala de lo Militar.