Ley de la pasarela al RETA

La Ley de la pasarela al RETA entra en vigor con el compromiso del Gobierno de agilizar su desarrollo reglamentario

La nueva Ley de la pasarela al RETA entra en vigor el 1 de agosto mientras el Gobierno promete acelerar el reglamento que la desarrollará
La portavoz del Gobierno, Elma Saiz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros - Foto de Pool Moncloa/César P Sendra
photo_camera La portavoz del Gobierno, Elma Saiz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros - Foto de Pool Moncloa/César P Sendra

La entrada en vigor de la Ley de la pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) coincide con el compromiso adquirido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acelerar la elaboración del reglamento que desarrollará la norma. Este compromiso fue trasladado al Consejo General de la Abogacía Española durante la reunión mantenida entre su presidente, Salvador González, y la ministra Elma Saiz, en la que ambas partes abordaron los próximos pasos para poner en marcha esta medida destinada a los mutualistas.

La reunión se produce tras la aprobación por el Congreso de los Diputados, el pasado 23 de julio, de la ley sobre mutualidades alternativas, una reforma orientada a garantizar una jubilación digna para miles de profesionales.

Durante el encuentro participaron representantes de la Abogacía y altos cargos del Ministerio, entre ellos el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez.

La Abogacía reclama rapidez, seguridad jurídica y diálogo

Durante la reunión, la Abogacía trasladó al Ministerio tres prioridades fundamentales para el desarrollo reglamentario de la norma: agilizar los trámites para reducir los plazos, garantizar la máxima seguridad jurídica y escuchar a las asociaciones, colectivos y sindicato de mutualistas.

Salvador González subrayó que la aprobación de la ley supone un paso importante, pero advirtió de que ahora comienza una fase decisiva.

En este sentido, afirmó que "el desarrollo reglamentario debe elaborarse con rapidez y seguridad jurídica, y escuchando a todos los colectivos implicados, para que la pasarela responda realmente a las necesidades de las compañeras y compañeros".

El Gobierno promete una tramitación urgente del reglamento

Por su parte, la ministra Elma Saiz calificó la aprobación de la ley como una medida "imprescindible" y se comprometió a impulsar una tramitación urgente del reglamento.

Asimismo, destacó que "esta Ley traslada un mensaje de esperanza y confianza a muchos profesionales que se encontraban desprotegidos al acceder a la jubilación y que, gracias a esta reforma, van a poder acceder al sistema público de pensiones, con las garantías que eso supone".

La Ley entra en vigor el 1 de agosto

La Ley 2/2026, de 29 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entra en vigor el 1 de agosto de 2026.

La norma modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas y permitirá que miles de abogados, arquitectos y otros profesionales puedan trasladar sus aportaciones desde las mutualidades profesionales al sistema público mediante la pasarela al RETA.

Según la información difundida, en unos casos la medida permitirá mejorar la pensión mediante las bases de cotización y, en otros, incrementar el porcentaje de la pensión correspondiente, al tiempo que supone el reconocimiento del derecho de estos profesionales a acceder a este mecanismo.

La Abogacía continuará trabajando para ampliar la reforma

Salvador González agradeció la receptividad mostrada por el Ministerio y reiteró el compromiso de la Abogacía de seguir trabajando en defensa de los profesionales que hayan quedado excluidos de la pasarela.

Como cierre de la jornada, trasladó el contenido de las conversaciones a los decanos durante un Pleno extraordinario del Consejo General y convocó a las organizaciones de mutualistas afectadas a una reunión el próximo 3 de septiembre.

Los mutualistas pensionistas podrán solicitar el complemento a mínimos

Con la entrada en vigor de la ley, los mutualistas pensionistas que cumplan los requisitos podrán solicitar desde el 1 de agosto el complemento a mínimos en la Seguridad Social.

Los límites de rentas establecidos para acceder a esta ayuda, sin contar la propia pensión, son de 9.442 euros anuales para quienes no tengan cónyuge a cargo y de 11.013 euros anuales cuando exista cónyuge a cargo, computándose la suma de las rentas de ambos.

La solicitud del complemento podrá realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).