Caso Koldo

El Supremo permitirá a las partes acceder a información “sensible” sobre la vida íntima de Ábalos y terceras personas

El juez del Supremo Leopoldo Puente autoriza la consulta en sede judicial de material reservado sobre la vida privada de José Luis Ábalos y otros implicados en el ‘caso Koldo’

Ábalos cuando era dirigente del PSOE | Foto del PSOE
photo_camera Ábalos cuando era dirigente del PSOE | Foto del PSOE

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, que instruye el conocido ‘caso Koldo’, ha dictado una resolución en la que autoriza a las partes personadas a consultar información “sensible” relacionada con la vida íntima de José Luis Ábalos y terceras personas, aunque sin entregarles copia del material hasta que, en su caso, se abra el juicio oral.

El contenido se refiere a ficheros localizados por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que contienen datos personales y privados del exministro de Transportes y de su antiguo colaborador, Koldo García Izaguirre, ambos investigados en la causa. Según el auto, la documentación incluye referencias a “pagos efectuados con el patrimonio de García” que habrían estado vinculados a encargos personales realizados por Ábalos, como viajes o encuentros de carácter privado.

Una “pieza de información sensible” para evitar filtraciones

El juez ordena que estos nuevos elementos queden incorporados a la pieza separada de “información sensible”, creada el 6 de febrero de 2025, donde ya se custodiaban materiales de naturaleza privada relacionados con los investigados. Puente señala que esta medida busca “evitar eventuales filtraciones” y garantizar la protección de la intimidad de las personas afectadas.

En su auto, el magistrado dispone que dicho material podrá ser consultado únicamente en la Secretaría del Tribunal Supremo, sin que las partes puedan obtener copias hasta que el procedimiento entre en fase de juicio oral. Con ello, el tribunal busca preservar la confidencialidad y asegurar un equilibrio entre el derecho de defensa y el derecho a la privacidad.

Archivos personales bajo custodia judicial

En una diligencia de ordenación dictada este mismo miércoles, el juez incorpora además un informe de la UCO, en el que se detalla la entrega de un USB con dos carpetas digitales: una denominada “Respaldo con afectación a la vida íntima del investigado y terceras personas” y otra bajo el título “Respaldo de interés”.

Según la Guardia Civil, ambos directorios contienen documentación relevante para la investigación judicial del caso, pero una parte de su contenido incluye información personal o de naturaleza privada, por lo que el magistrado ha considerado necesario mantenerla en una pieza reservada y controlada directamente por el Supremo.

El contexto del caso Koldo

El ‘caso Koldo’, que se instruye en el Tribunal Supremo por la condición de aforado de Ábalos como diputado, investiga presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos públicos durante la pandemia de COVID-19, vinculados al suministro de mascarillas y material sanitario. La causa apunta a un supuesto entramado de comisiones ilegales en el que estaría implicado el exasesor del exministro, Koldo García, junto a empresarios y funcionarios.

La incorporación de esta “pieza sensible” se suma a los avances recientes de la investigación, en la que el Supremo ha recibido nuevos informes económicos y tecnológicos sobre el patrimonio de los investigados. Sin embargo, el magistrado insiste en que los materiales de índole privada no deben ser utilizados fuera del contexto judicial ni divulgados públicamente, dada su naturaleza reservada.

Protección de la intimidad y acceso limitado

Fuentes jurídicas subrayan que esta decisión del juez Puente busca reforzar la protección de derechos fundamentales, evitando tanto la exposición mediática como posibles usos indebidos de información personal ajena al objeto del proceso.

De esta forma, las partes —entre ellas la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas— solo podrán examinar el material bajo supervisión judicial, en dependencias del Supremo y sin posibilidad de reproducción o copia, hasta que se determine si su contenido tiene relevancia penal para el procedimiento principal.