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El Supremo da la razón al País Vasco: Vizcaya gestionará el IVA del concentrado de Coca-Cola

El Tribunal Supremo falla a favor del Gobierno Vasco y otorga a Vizcaya gestionará el IVA del concentrado de Coca-Cola.

Sede del Tribunal Supremo - Foto de Servimedia
photo_camera Sede del Tribunal Supremo - Foto de Servimedia

El Tribunal Supremo ha resuelto a favor del País Vasco en un litigio fiscal con la Administración General del Estado y ha confirmado que será la Hacienda Foral de Vizcaya la encargada de recaudar el IVA derivado de la importación y reventa del concentrado con el que se elabora Coca-Cola en España. La sentencia, que afecta exclusivamente a esta fase de la cadena de suministro, refuerza el marco del Concierto Económico vasco y zanja años de discrepancias sobre qué administración debía gestionar este tributo.

Un fallo enmarcado en el Concierto Económico

El Concierto Económico, vigente desde finales del siglo XIX y renovado tras la Constitución de 1978, permite a las diputaciones forales vascas recaudar y gestionar la práctica totalidad de los impuestos en su territorio, compensando después al Estado mediante el llamado cupo. Esta autonomía fiscal ha sido en ocasiones motivo de conflicto con la Hacienda estatal, especialmente en cuestiones relacionadas con la tributación de grandes empresas.

En este caso, el debate giraba en torno a qué administración debía percibir el IVA de las operaciones de compra-venta del concentrado de Coca-Cola. El Supremo ha confirmado que corresponde a Vizcaya, donde está domiciliada Norbega, la embotelladora encargada de importar el producto desde Irlanda y redistribuirlo al resto de plantas en España.

Qué cambia con la sentencia

El fallo establece que será la Hacienda Foral vizcaína la que gestione este IVA, pero no afecta al resto de la actividad comercial de Coca-Cola en España. Según fuentes de Coca-Cola Europacific Partners Iberia, el IVA generado por la venta de las bebidas terminadas —el que abonan los consumidores en supermercados, bares y restaurantes— sigue ingresándose a la Hacienda estatal, a través de las sociedades que operan en el conjunto del país.

La compañía insiste en que este importe es muy superior al que se recauda en Vizcaya por la importación y reventa del concentrado, por lo que la repercusión económica de la sentencia en términos absolutos es limitada.

Norbega importa, no produce

Uno de los puntos aclarados por Coca-Cola es el papel de Norbega. Aunque en algunos análisis previos se afirmó que esta embotelladora vizcaína producía el sirope, la compañía precisa que Norbega no fabrica el concentrado, sino que lo compra en Irlanda y lo redistribuye al resto de embotelladoras españolas.

De este modo, la decisión del Supremo no altera la producción ni la distribución de Coca-Cola en España, sino que únicamente determina la administración competente para recaudar el IVA de estas operaciones de importación y venta entre sociedades del grupo.

Magnitudes y contexto económico

El impacto fiscal exacto no ha trascendido, aunque fuentes cercanas al sector señalan que el IVA del concentrado representa solo una fracción menor respecto al conjunto del impuesto que Coca-Cola genera en España. Para dimensionar: mientras que la venta final de bebidas a consumidores mueve miles de millones de euros al año en el mercado español, la facturación de Norbega como intermediaria del concentrado es mucho más reducida.

El fallo, sin embargo, sí tiene relevancia institucional, ya que refuerza la capacidad de las haciendas forales de dirimir este tipo de operaciones frente a la Hacienda estatal.

Implicaciones futuras

Con la sentencia, el Tribunal Supremo cierra una disputa abierta desde hace años y establece un criterio claro para futuras controversias fiscales similares: cuando una sociedad radicada en el País Vasco gestiona operaciones de importación y reventa, el IVA corresponde a la hacienda foral.

Aunque no cambia la tributación del IVA de las ventas al consumidor, este precedente puede servir como referencia en otros sectores donde las empresas multinacionales operen con filiales radicadas en el País Vasco o Navarra.