Hacienda

Hacienda retendrá el 20% de los premios de la Lotería de Navidad que superen los 40.000 euros

El Ministerio de Hacienda aplicará un gravamen del 20% a los premios de la Lotería de Navidad que superen los 40.000 euros, dejando exenta de tributación la parte inicial de esta cantidad

El Ministerio de Hacienda aplicará un gravamen del 20% a los premios de la Lotería de Navidad que superen los 40.000 euros, dejando exenta de tributación la parte inicial de esta cantidad. Este modelo impositivo ha sido vigente desde los Presupuestos Generales del Estado de 2018, cuando se amplió el mínimo exento.

Cómo se aplica el impuesto

La tributación afecta únicamente a la cantidad que supere los 40.000 euros. Por ejemplo:

  • Primer premio (el 'Gordo'):

    • Premio bruto por décimo: 400.000 euros.
    • Exento: 40.000 euros.
    • Importe gravado: 360.000 euros.
    • Retención del 20%: 72.000 euros.
    • Premio neto para el ganador: 328.000 euros.
  • Segundo premio (125.000 euros):

    • Exento: 40.000 euros.
    • Importe gravado: 85.000 euros.
    • Retención del 20%: 17.000 euros.
    • Premio neto: 108.000 euros.
  • Premios menores (40.000 euros o menos):

    • Exentos de tributación.

Casos especiales: premios compartidos

Cuando un décimo premiado es compartido entre varias personas, es fundamental informar correctamente a Hacienda para evitar que las ganancias sean consideradas como una donación sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Recomendaciones:

  1. Notificar a la entidad bancaria colaboradora que el premio es compartido.
  2. Los cotitulares deben acudir con su documentación de identificación y especificar el porcentaje del premio que corresponde a cada uno.
  3. Esta gestión es especialmente relevante para premios superiores a 2.000 euros.

Evolución de la tributación

Desde la ampliación del mínimo exento a 40.000 euros en 2018, los ganadores de premios menores disfrutan de un alivio fiscal. Anteriormente, el umbral exento era de 2.500 euros, lo que resultaba en mayores retenciones para premios más bajos. Este cambio ha permitido que un mayor número de premios queden libres de impuestos.

Otros aspectos a considerar

  1. Premios compartidos no declarados: Si no se informa correctamente, Hacienda puede considerar la distribución como una donación, lo que implica un tratamiento fiscal distinto y posibles sanciones.
  2. Premios repartidos por participaciones: En el caso de premios provenientes de participaciones, cada ganador debe declarar su parte proporcional.
  3. Gestión bancaria: Las entidades bancarias colaboradoras suelen encargarse de aplicar la retención correspondiente, por lo que los ganadores reciben directamente el importe neto.

Aunque Hacienda retiene un 20% de los premios mayores, el aumento del mínimo exento a 40.000 euros ha supuesto un alivio para muchos participantes. Los ganadores deben asegurarse de gestionar correctamente los premios compartidos para evitar complicaciones fiscales, garantizando que las ganancias se distribuyan de manera clara y transparente.