La titular del Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, Luisa María Prieto, ha decidido archivar la denuncia presentada contra el delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Francisco Martín, por el polémico dispositivo policial desplegado durante la última etapa de la Vuelta Ciclista a España el pasado 14 de septiembre.
La magistrada considera que los hechos denunciados no son constitutivos de infracción penal y que la querella interpuesta por la organización Manos Limpias responde únicamente a una “queja de un tercero” sobre las directrices adoptadas para la gestión de un evento multitudinario.
Un archivo por inexistencia de delito penal
En el auto, al que ha tenido acceso este medio, la jueza señala que no procede admitir a trámite la denuncia porque lo expuesto no encaja en ningún tipo penal. Manos Limpias atribuía a Francisco Martín supuestos delitos de lesiones, desórdenes públicos y desobediencia a la autoridad, todo ello por imprudencia grave.
Sin embargo, la magistrada subraya que el delito de desórdenes públicos y desobediencia es doloso, por lo que no puede cometerse de forma imprudente, y que tampoco se describe ninguna conducta voluntaria que permita imputar lesiones con imprudencia.
Incidentes con 22 agentes heridos y casi un centenar de identificados
Durante el final de la Vuelta en Madrid se produjeron protestas relacionadas con la situación en Gaza, que derivaron en altercados. El balance fue de 22 agentes heridos leves y la identificación de 97 personas, de las cuales cuatro contaban con antecedentes por desórdenes públicos y siete por delincuencia común.
Pese a estos incidentes, el delegado del Gobierno defendió públicamente que la actuación policial fue proporcionada y ajustada a derecho, argumento que ahora respalda la resolución judicial.
Una “queja política”, no penal
La jueza insiste en que la denuncia pretende hacer responsable penal al delegado del Gobierno de actos cometidos por terceros, algo que no tiene cabida en el ámbito penal. Recuerda además que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los tribunales deben abstenerse de practicar diligencias cuando los hechos descritos no revistan carácter de delito.
Por todo ello, la magistrada decreta el archivo definitivo de las actuaciones, cerrando así la vía penal contra Francisco Martín por el operativo policial de la Vuelta.