El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía pública y actualizar la normativa aplicable a los vehículos de movilidad personal, bicicletas y motocicletas.
La reforma, impulsada por el Ministerio del Interior, incorpora nuevas obligaciones, restricciones y sanciones que afectarán a miles de usuarios de estos medios de transporte y que comenzarán a aplicarse de forma progresiva a partir del próximo otoño.
Patinetes eléctricos: edad mínima, casco obligatorio y nuevas restricciones
Uno de los cambios más relevantes afecta a los vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos.
La nueva normativa establece que la edad mínima para conducir un patinete será de 15 años. Además, será obligatorio el uso del casco para todos los conductores de este tipo de vehículos.
También se exigirá el uso de elementos reflectantes durante la circulación nocturna o en condiciones de baja visibilidad, mientras que quienes utilicen estos vehículos con fines profesionales deberán llevarlos en todo momento.
La reforma dispone igualmente que los VMP solo podrán circular fuera de las ciudades por vías segregadas, como carriles bici o infraestructuras similares, y deberán mantener siempre encendido el sistema de alumbrado.
El incumplimiento de estas obligaciones podrá acarrear multas de hasta 200 euros.
Nuevas reglas para los ciclistas
La modificación del Reglamento también introduce cambios importantes para las bicicletas.
A partir de la entrada en vigor de la norma, los conductores que adelanten a ciclistas deberán reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite permitido en la vía.
Además, en carreteras con más de un carril por sentido será obligatorio cambiar completamente de carril durante el adelantamiento.
La reforma reconoce asimismo la circulación preferente de las bicicletas por el centro del carril en entornos urbanos y fija una distancia mínima de seguridad de cinco metros en el mismo carril.
Otra de las novedades es la eliminación de algunas exenciones existentes respecto al uso del casco en vías interurbanas.
Más exigencias para motocicletas y ciclomotores
Los motoristas también se verán afectados por nuevas obligaciones.
La normativa autoriza la circulación por el arcén derecho en situaciones de congestión de tráfico, siempre que exista señalización específica y se respete una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora.
Además, será obligatorio el uso de guantes de protección y calzado cerrado en vías interurbanas, mientras que los cascos deberán estar debidamente homologados.
Los profesionales que utilicen motocicletas o ciclomotores estarán obligados a portar chaleco reflectante.
El incumplimiento de estas medidas podrá ser sancionado con multas de 200 euros.
Mayor protección para usuarios vulnerables
La reforma incorpora una definición jurídica de los usuarios vulnerables de la vía y amplía las medidas destinadas a garantizar su seguridad.
Entre ellas figura la obligación para los peatones de utilizar elementos reflectantes en vías interurbanas durante la noche o cuando exista baja visibilidad.
Asimismo, se introducen nuevas medidas de gestión del tráfico en episodios meteorológicos adversos, especialmente en situaciones de nieve, donde se prohíben determinados adelantamientos y se reorganiza la circulación para facilitar el paso de los servicios de emergencia.
Cambios en el cinturón de seguridad y las autocaravanas
La modificación normativa también revisa las exenciones existentes para el uso del cinturón de seguridad.
De esta manera, desaparecen algunas excepciones que afectaban a taxis, transporte de mercancías y vehículos de autoescuela, manteniéndose únicamente determinados supuestos específicos, como los relacionados con ambulancias en servicio de urgencia.
Por otro lado, se regulan nuevas condiciones para las autocaravanas, que no podrán desplegar elementos fuera de su perímetro ni realizar vertidos de fluidos en la vía pública.
Entrada en vigor escalonada
La mayor parte de las medidas aprobadas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, acompañadas de campañas informativas destinadas a facilitar la adaptación de los usuarios.
No obstante, algunas obligaciones concretas, como determinadas exigencias para los vehículos de movilidad personal y motocicletas, comenzarán a aplicarse a partir de octubre de 2027.