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El TJUE se pronuncia sobre la ley de amnistía en una decisión clave para el recorrido judicial de Puigdemont

El TJUE resuelve este jueves dos cuestiones prejudiciales sobre la ley de amnistía que pueden influir en futuros procedimientos judiciales
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicta este jueves dos sentencias derivadas de cuestiones prejudiciales planteadas por órganos judiciales españoles sobre la ley de amnistía. Las resoluciones aclararán si la norma resulta compatible con el Derecho de la Unión Europea en asuntos relacionados con la malversación y el terrorismo.

Ambas decisiones responden a dudas planteadas por tribunales españoles acerca del alcance de la aplicación de la ley en procedimientos concretos.

Las cuestiones planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional

La primera cuestión prejudicial fue elevada por el Tribunal de Cuentas, que expresó dudas sobre la aplicación de la amnistía al considerar que la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017 pudo afectar a los intereses financieros de la Unión Europea.

Por otro lado, la Audiencia Nacional solicitó al tribunal europeo que determinara si la norma puede aplicarse a los delitos de terrorismo atribuidos a miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El abogado general respaldó la norma

El pasado 13 de noviembre, el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, presentó sus conclusiones sobre ambos asuntos.

En su informe avaló la conformidad de la ley de amnistía con el Derecho de la Unión Europea. Aunque estas conclusiones tienen un peso relevante en el procedimiento, no son vinculantes para la decisión final que adopte el tribunal.

La decisión no tendrá efectos inmediatos sobre Puigdemont

La sentencia del TJUE no modificará de forma automática la situación judicial del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, sobre quien continúa vigente una orden nacional de detención dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

El Supremo decidió no aplicar la ley de amnistía al delito de malversación, al entender que Puigdemont obtuvo un beneficio patrimonial de carácter personal al no comprometer su patrimonio en la organización del referéndum.

El Tribunal Constitucional tendrá la última palabra

El siguiente paso relevante corresponde al Tribunal Constitucional, que tiene previsto analizar a partir del mes de octubre el recurso de amparo presentado por Puigdemont en julio de 2025 contra la decisión del Tribunal Supremo.

En ese recurso, el expresidente catalán también solicitó la suspensión de la orden de detención que pesa sobre él.

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, decidió aplazar el estudio del recurso hasta conocer el pronunciamiento del TJUE, al considerar que la sentencia del tribunal europeo podría resultar relevante para la resolución del procedimiento.