El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Real Madrid contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) relacionada con la celebración de conciertos y espectáculos en el estadio Santiago Bernabéu.
La decisión del Alto Tribunal confirma la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2025 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, que dio la razón a la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu y ordenó que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid analizara el fondo de la reclamación planteada contra el Ayuntamiento de Madrid.
El Supremo inadmite el recurso de casación
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión del recurso de casación número 1159/2026 preparado por el Real Madrid Club de Fútbol contra la resolución del TSJM.
Según recoge la providencia, el Alto Tribunal considera que el recurso carece de una fundamentación suficiente para acreditar la existencia de interés casacional objetivo, requisito indispensable para la admisión de este tipo de procedimientos.
Asimismo, el Supremo señala que el club no justificó adecuadamente la concurrencia de los supuestos legales invocados ni concretó de forma suficiente el perjuicio para los intereses generales que alegaba.
La resolución añade que la controversia presenta un marcado carácter casuístico, vinculado a las circunstancias específicas del caso, por lo que no reúne las condiciones necesarias para la formación de jurisprudencia de interés general, finalidad propia del recurso de casación.
El origen del conflicto
La Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu solicitó al Ayuntamiento de Madrid que declarara expresamente que el Plan Especial de mejora del medio urbano del estadio Santiago Bernabéu y las distintas licencias concedidas durante la reforma del recinto no amparaban la celebración de conciertos musicales.
Los vecinos sostienen que tanto las licencias urbanísticas otorgadas como el planeamiento que regula el estadio no incluyen autorización para este tipo de eventos.
Tras no obtener una respuesta expresa del Consistorio, la asociación interpuso un recurso contencioso-administrativo.
Del juzgado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid acordó en junio de 2025 inadmitir la demanda al considerar que el acto recurrido no era susceptible de impugnación.
Además, argumentó que la Agencia de Actividades del Ayuntamiento había indicado que la competencia para autorizar espectáculos extraordinarios correspondía a la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estimó el recurso de apelación presentado por los vecinos y concluyó que el juzgado debía admitir la demanda y pronunciarse sobre el fondo de la cuestión planteada.
El procedimiento regresa al juzgado
Con la inadmisión del recurso de casación presentado por el Real Madrid, el procedimiento vuelve al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid, que deberá analizar la reclamación vecinal y determinar si las licencias concedidas y el planeamiento urbanístico del estadio amparan o no la celebración de conciertos musicales en el Santiago Bernabéu.
La resolución del Tribunal Supremo no entra a valorar la legalidad de los conciertos celebrados o previstos en el estadio. Su decisión se limita a rechazar el recurso de casación del club blanco y confirmar que será el juzgado de primera instancia quien resuelva la cuestión principal planteada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu.
Condena en costas
La providencia también impone las costas procesales al Real Madrid, fijando un límite máximo de 2.000 euros más IVA a favor de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que se opuso a la admisión del recurso.
De esta manera, la reclamación vecinal continúa su tramitación judicial y será el juzgado competente quien deba pronunciarse sobre si el marco urbanístico y las autorizaciones concedidas durante la remodelación del Santiago Bernabéu permiten o no la celebración de conciertos y espectáculos musicales en el recinto.