De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023,de 28 de junio (en adelante «RDL 5/2023»), se hace público que, con fecha 30 de septiembre de 2025, la Junta General Universal y Extraordinaria de Socios de KILLER MOUSE, S.L. (sociedad parcialmente escindida), acordaron, por unanimidad, realizar la escisión parcial sin extinción de KILLER MOUSE, S.L., mediante la transmisión en bloque de parte de su patrimonio a las sociedades beneficiarias y de nueva creación KM PLAGAS 2009, S.L. y LIMCON 2025, S.L.; sociedades que se constituirán simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, ostentando los socios de la sociedad escindida la igual condición de socios, de forma directa en las sociedades beneficiarias, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el órgano de administración de KILLER MOUSE, S.L.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al tratarse de un acuerdo de escisión parcial adoptado por la totalidad de los socios de la compañía y en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el artículo 71 del RDL 5/2023, al ostentar los socios de la sociedad escindida las mismas condiciones de socios en las sociedades beneficiarias, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el derecho de los primeros a ejercer las acciones previstas en el art. 13 del RDL 5/2023.
Madrid, a 12 noviembre de 2025.- Los administradores solidarios de Killer Mouse, S.L., D. Santiago Pedroche Bullido y D. Pedro Manuel Terraga de Cózar.