Madrid ha iniciado 2026 con una nueva ordenanza de terrazas y quioscos de hostelería y restauración, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulara en abril de 2024 la modificación aprobada en 2022. El texto, que entró en vigor el pasado 1 de enero, es “muy similar” al anterior, aunque introduce ligeros retoques derivados de aportaciones ciudadanas y del propio sector.
La norma regula la actividad de más de 6.000 terrazas y cerca de medio centenar de quioscos repartidos por toda la capital, uno de los ámbitos con mayor impacto en la convivencia urbana.
Conciliar descanso vecinal y actividad económica
La Junta de Gobierno aprobó definitivamente el texto el 23 de noviembre de 2025. La vicealcaldesa, Inma Sanz, defendió entonces que el objetivo principal es “conciliar dos intereses especialmente relevantes en la ciudad: el descanso de los vecinos y el apoyo a un sector tan simbólico como la hostelería, generador de empleo y riqueza”.
El nuevo articulado toma como base la ordenanza de 2013, incorpora los cambios que se introdujeron en 2022 —anulados por motivos formales— y suma las aportaciones recogidas durante la consulta pública de 2024 y los dictámenes de la Comisión de Terrazas.
No es una simple modificación
Desde el área de Gobierno municipal insisten en que no se trata de una reforma parcial, sino de una ordenanza completamente nueva. “Se genera una estructura completa respecto a todo el articulado”, subrayan, a diferencia de lo ocurrido en 2022, cuando solo se modificaron determinados puntos.
Durante la tramitación se registraron 106 alegaciones, de las cuales se aceptaron finalmente siete:
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Tres propuestas por particulares, relacionadas con aspectos técnicos y la entrada en vigor.
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Cuatro planteadas por el sector hostelero, vinculadas al periodo de adaptación y a los flujos de peatones.
El origen del conflicto judicial
La ordenanza anterior fue anulada por el TSJM tras un recurso presentado por el PSOE municipal, que denunció la ausencia de informes clave, entre ellos el impacto presupuestario y la evaluación ambiental estratégica.
La sentencia destacó la “inexistencia o insuficiencia de determinados informes” y, aunque el Ayuntamiento recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, el recurso fue inadmitido, lo que dejó sin efecto la normativa de 2022 y obligó al Consistorio a redactar un nuevo texto.