Esta convocatoria, gestionada por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, destaca por no requerir el pago de tasas administrativas y por ofrecer una financiación que puede alcanzar los 150.000 euros por proyecto.
Gastos subvencionables y cuantía de la ayuda
La Administración regional ha definido un catálogo amplio de actuaciones financiables para asegurar el salto cualitativo de los negocios locales. El importe de la ayuda es del 50% del gasto subvencionable, con el límite máximo de 140.000 euros por entidad, aunque este importe puede incrementarse hasta los 150.000 euros para aquellas empresas que realicen su actividad en municipios de menos de 20.000 habitantes.
Dentro del catálogo de actuaciones financiables se incluye la contratación de personal siempre que esta suponga una ampliación efectiva de la plantilla de la empresa.
También se consideran gastos subvencionables las obras destinadas a la ampliación o transformación de los establecimientos de la entidad, así como todos aquellos costes asociados al traslado o a la apertura de nuevos puntos de venta o centros de trabajo.
Asimismo, la ayuda cubre la adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad, abarcando específicamente los activos de tipo informático o tecnológico y el software imprescindible para su funcionamiento.
Por último, se admiten los gastos derivados de la adquisición o fusión de la empresa beneficiaria con otra entidad cuando dicha operación tenga como finalidad principal la expansión del negocio.
Estructura del Plan de Negocio obligatorio
Para optar a la ayuda, los solicitantes deben presentar un Plan de Negocio (Anexo I) que detalle la viabilidad y objetivos de la inversión.
Para formalizar la solicitud de las ayudas, es imprescindible que este documento se tramite por vía telemática siguiendo una estructura técnica específica basada en varios apartados. En primer lugar, se exige la elaboración de un análisis estratégico que incluya un resumen ejecutivo, una descripción exhaustiva del equipo de trabajo y un estudio de mercado donde se cuantifiquen el mercado total o TAM, el mercado que se puede atender o SAM y la cuota realista a alcanzar en un periodo de 18 meses o SOM.
Asimismo, los interesados deben definir su modelo de negocio aplicando el sistema CANVAS, especificar la fase actual de desarrollo del proyecto y pormenorizar un plan operativo que establezca plazos de ejecución concretos.
Por otro lado, la gestión de riesgos se convierte en un requisito obligatorio en el que se deben priorizar las amenazas potenciales y proponer acciones de corrección para aquellos eventos cuya combinación de probabilidad e impacto supere los 15 puntos de valoración.
Finalmente, el documento debe recoger el impacto directo en el empleo mediante una descripción detallada de las tareas y funciones que desempeñarán los nuevos perfiles contratados gracias a la concesión de la subvención.
Métricas de control y plazos de ejecución
La Comunidad de Madrid exige el seguimiento de indicadores económicos específicos a los 3, 9 y 18 meses desde la concesión para verificar el crecimiento de ingresos interanual.
Los autónomos y sociedades civiles deberán reportar el margen operativo y el margen neto, mientras que las microempresas informarán sobre el margen EBITDA y la rentabilidad sobre el patrimonio neto (ROE).
El plan debe implementarse en un plazo máximo de 18 meses, pudiendo computarse desde 12 meses antes de la solicitud hasta la concesión definitiva.
Requisitos y Protección de Datos
Los beneficiarios deben ser autónomos o microempresas de hasta 9 trabajadores con un volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros. Además de tener al menos 3 años de antigüedad, deben acreditar el cumplimiento de la normativa de lucha contra la morosidad para ayudas que superen los 30.000 euros.
Respecto al tratamiento de datos, la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento informa que los datos identificativos se conservarán por un periodo indeterminado para la gestión de estas ayudas. Los interesados mantienen sus derechos de acceso, rectificación y supresión ante la Consejería.