La Ley LIDER revoluciona el urbanismo en Madrid: adiós al Plan General para agilizar el desarrollo de la ciudad
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el Proyecto de Ley para el Impulso del Desarrollo Equilibrado de la Región (LIDER), una profunda reforma estructural que transforma de raíz la planificación del suelo y el modelo edificatorio en la autonomía.
La nueva Ley LIDER nace con tres objetivos principales: reducir los plazos de desarrollo urbanístico, incrementar la disponibilidad de suelo edificable para abaratar y facilitar la construcción de vivienda, y adaptar el planeamiento de los municipios a las necesidades demográficas y económicas actuales. La iniciativa legal aborda uno de los principales cuellos de botella del sector inmobiliario madrileño: la rigidez administrativa que ha ralentizado durante décadas la generación de nueva oferta residencial.
La valoración por parte de los profesionales del sector de la edificación ha sido inmediata. El presidente del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, Gregorio Díaz Están, ha respaldado con firmeza el impulso de esta norma administrativa: "Esta ley es una medida esencial para simplificar de manera eficaz los trámites urbanísticos y permitirá poner a disposición suelo en plazos más razonables sin merma de la seguridad jurídica y, por tanto, permitirá abordar el déficit de vivienda que venimos arrastrando durante años. Es un paso importante, pero hay que seguir dando pasos valientes y eficaces en todo el proceso edificatorio para cambiar la tendencia".
Fin al histórico PGOU: una estructura en dos instrumentos
El cambio más trascendental que introduce la Ley LIDER es la derogación del clásico Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Desde finales de los años 90, la figura del PGOU provocaba una elevada inseguridad jurídica, ya que la anulación judicial de una sola determinación del plan general desencadenaba una nulidad "en cascada" de todos los planes parciales, proyectos de urbanización, reparcelaciones e incluso licencias concedidas en el municipio.
Para atajar esta vulnerabilidad, la normativa sustituye el Plan General de Ordenación Urbana por una estructura dual altamente especializada. Por un lado, el Plan Estratégico Municipal establece con carácter indefinido el modelo conceptual de ciudad a largo plazo, determinando los ámbitos de crecimiento, las zonas protegidas, la capacidad residencial global y las infraestructuras necesarias para responder a la pregunta de qué ciudad se quiere construir.
Por otro lado, los Planes Ejecutivos se configuran como las herramientas encargadas de la ordenación detallada y el desarrollo de ámbitos concretos, regulando la delimitación de parcelas edificables, la distribución de aprovechamientos, la red viaria y los equipamientos con el fin de resolver la cuestión de cómo se construirá cada sector.
Agilización procedimental: tramitación simultánea y evaluación integrada
Además del cambio estructural en el planeamiento, la Ley LIDER modifica radicalmente el procedimiento administrativo madrileño. Se erradica la tramitación sucesiva tradicional en favor de un modelo de tramitación simultánea, lo que permitirá aprobar la ordenación, la urbanización y la reparcelación dentro de un único expediente unificado.
Asimismo, la evaluación ambiental se integrará de forma directa en el propio procedimiento desde su fase inicial, evitando las paradas de años que se producían a la espera de informes sectoriales externos. De manera paralela, la norma generaliza la declaración responsable para obras de reparación, rehabilitaciones sin afección estructural y cambios de uso compatibles, reduciendo significativamente la burocracia para intervenciones de menor impacto técnico.
Ventanilla única y refuerzo de las Entidades de Colaboración Urbanística
Entre los mecanismos de impulso contemplados destaca la creación de la Aceleradora Urbanística Regional, concebida como una ventanilla única para la tramitación preferente de proyectos de especial complejidad técnica o de interés regional.
Por otro lado, se refuerza la actuación de las Entidades de Colaboración Urbanística (ECU), abriendo su campo de intervención a dos áreas hasta ahora reservadas al sector público: la evaluación ambiental y la verificación en materia de vivienda protegida.
Respecto al impacto operativo en la gestión diaria, Belén Velasco Sardón, directora de la Sociedad Técnica de Tramitación (la ECU del Colegio de Aparejadores de Madrid), ha subrayado la trascendencia del cambio de modelo: "Esta Ley supone un antes y un después en el urbanismo madrileño, ya que es un cambio absoluto de paradigma. Esperamos que, con su aplicación, tengamos por fin un urbanismo dinámico que se adapte a los cambios de la sociedad y flexibilice un sistema anclado en el pasado que ya no servía para el momento actual".