El Supremo condena al fiscal general por la filtración del correo del abogado de González Amador
El fallo, que llega casi tres semanas después del adelanto del veredicto, considera “probado” que la difusión del documento partió de García Ortiz o de una persona de su entorno con su conocimiento.
La sentencia confirma la filtración y subraya el deber de reserva del fiscal general
La resolución de la Sala Segunda detalla que la revelación del correo profesional vulneró la obligación de confidencialidad que pesa sobre el fiscal general, un “deber reforzado”, recuerda el tribunal, que fue “quebrantado sin justificación”. La sentencia recalca que incluso si un dato reservado se hace público por otras vías, esa circunstancia “no neutraliza” la responsabilidad del fiscal general respecto a la protección de información sensible.
El Supremo insiste además en que la investigación no pone en cuestión la veracidad de los periodistas que publicaron la información. El tribunal destaca “el exquisito respeto” mostrado hacia su secreto profesional, descartando cualquier sospecha sobre su intervención en la cadena de filtración.
La nota informativa: el propio García Ortiz reconoció su intervención
El fallo también aborda la publicación de una nota informativa que recogía la propuesta de conformidad de González Amador, en la que este admitía dos delitos fiscales. Según el Supremo, García Ortiz reconoció haber intervenido en la elaboración y difusión del comunicado, actuando para responder a lo que consideraba una información falsa sobre la Fiscalía.
Sin embargo, la Sala recuerda que el fiscal general “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito” y que su posición institucional exige una actuación especialmente cuidadosa.
Dos magistradas piden la absolución en votos particulares
La sentencia incluye dos votos particulares que discrepan de la decisión de la mayoría. Las magistradas consideran que no ha quedado acreditado que García Ortiz fuese el autor de la filtración del correo y entienden que la difusión de la nota informativa no constituye delito. A su juicio, los indicios no permiten sostener la condena por revelación de datos reservados.
Un fallo con implicaciones institucionales
La condena a dos años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público abre una nueva etapa en el debate sobre la gestión interna de la Fiscalía y el manejo de información reservada. Con la sentencia ya publicada íntegramente, el caso vuelve a situar en el centro del debate político y jurídico la protección de datos sensibles en procedimientos públicos y la responsabilidad de quienes los custodian.