El juez procesa a Íñigo Errejón por presunta agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá tras apreciar indicios suficientes
El juez procesa a Errejón por presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá al considerar que existen indicios suficientes y que la causa debe ir a juicio
El titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, Adolfo Carretero, ha acordado procesar al exdiputado de Más País y exportavoz parlamentario de Sumar, Íñigo Errejón, por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá, por hechos ocurridos en octubre de 2021. El auto, dictado este viernes tras trece meses de investigación, concluye que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento y da un plazo de diez días a las acusaciones para solicitar la apertura de juicio oral o pedir el archivo.
El magistrado considera que los indicios en contra del político “no han sido totalmente desvirtuados” por su declaración ni por las pruebas aportadas por su defensa, lo que impide el sobreseimiento del caso en esta fase. El proceso se sustenta fundamentalmente en el testimonio de Mouliaá, al no existir testigos presenciales de los episodios denunciados.
El juez considera coherente el testimonio de Mouliaá: “No tenía móvil espurio”
Carretero sostiene que la declaración de la actriz constituye el principal indicio probatorio, y la califica de “coherente en lo esencial”, sin que existan contradicciones sustanciales que afecten a su credibilidad. Destaca que Mouliaá “no tenía móvil espurio, enemistad, odio o venganza” hacia Errejón, sino lo contrario, ya que ambos mantenían contacto asiduo por redes sociales desde casi un año antes de los hechos.
El juez subraya que las “lagunas” o reacciones tardías que presenta su relato se explican por un bloqueo emocional, el efecto combinado de alcohol y medicación, y la posición de poder del investigado, entonces una figura relevante de la política nacional. Además, incide en que el retraso en la denuncia no resta valor penal a los hechos, según reiterada doctrina del Tribunal Supremo.
Los hechos descritos en la denuncia: tres episodios sin consentimiento
El auto recoge los tres episodios denunciados por la actriz:
-
En el ascensor, antes de llegar a una fiesta, Errejón la habría besado “de forma sorpresiva y sin consentimiento”.
-
Durante la fiesta, presuntamente la llevó por la fuerza a una habitación, donde se produjeron tocamientos, besos y otros actos de naturaleza sexual sin permiso.
-
En casa del político, tras abandonar la fiesta juntos, Mouliaá relata un nuevo episodio de tocamientos sin consentimiento, momento en el que logró frenar su actuación.
Según el magistrado, ni la prueba pericial ni los testimonios aportados por la defensa neutralizan completamente estos indicios.
Errejón niega los hechos y asegura que las pruebas desmontan la versión de la actriz
Tras conocerse el auto, Íñigo Errejón ha expresado su disconformidad, alegando que el juez “ignora las pruebas de la instrucción” que, según él, desmontan la versión de Mouliaá. Su defensa sostiene que las declaraciones de testigos imparciales presentes en la fiesta no avalan el relato de la actriz y que el auto se apoya solo en testigos de parte.
El equipo jurídico del exdiputado ha anunciado un recurso inmediato ante la Audiencia Provincial de Madrid, con el objetivo de revocar el auto y lograr el archivo.
Mouliaá: “La verdad ni se compra ni se intimida”
Por su parte, Elisa Mouliaá ha valorado positivamente la decisión judicial y ha reivindicado que “el consentimiento es un principio legal incuestionable”. La actriz denuncia haber sido objeto de “bulos y campañas para desacreditarla” y considera que el procesamiento demuestra que “ninguna estrategia de propaganda puede sustituir al análisis riguroso de las pruebas”.
Afirma además que “la verdad resiste, avanza y se abre paso con fuerza”, celebrando que el caso se dirija hacia un tribunal que podrá valorar íntegramente los hechos.
Las acusaciones y próximos pasos procesales
La acusación popular ejercida por ADIVE ha expresado satisfacción por el auto, asegurando que el procesamiento llega tras una instrucción “plagada de maniobras dilatorias” de la defensa.
A partir de ahora, el juez otorga un plazo de diez días a Fiscalía y acusaciones para presentar sus escritos de acusación o solicitar el archivo. De abrirse juicio, la calificación jurídica podría corresponder a un delito continuado de abuso sexual conforme a la legislación vigente en la fecha de los hechos, más favorable para el investigado que la normativa actual.
El caso, de alta repercusión pública, avanza así hacia su siguiente fase judicial, con posiciones enfrentadas entre la denunciante y el exlíder político, y pendiente del criterio de la Audiencia Provincial ante el anunciado recurso.