He llegado a la conclusión de que mi teléfono móvil me hace bullying…
…Constantemente me envía consejos deprimentes y noticias aún más deprimentes del siguiente cariz: “Un neurólogo confirma la edad a la que hay que dejar de consumir alcohol de forma inminente: a partir de los 65 es crucial para conservar la mayor cantidad de neuronas posibles”, “Entrenamiento de fuerza para los mayores; solo andar es caminar hacia un estado de enfermedad”…, o bien este otro titular que suena un poquito a amenaza, quizá porque tengo una mente malpensante: “La DGT pone punto final al permiso de conducir para mayores de 70 años: cuál es la condición obligatoria para renovarlo”.
Además, tanto el móvil como el portátil se han empeñado en jubilarme y no paran de rebotarme información sobre pensiones, decesos y anuncios sobre hipotecas inversas ¿No es para enojarse?
Todo esto me plantea un dilema: ¿podría denunciar a mi celular por edadismo? La respuesta es clara. De momento no, aunque en justa medida debería ser posible.
Hasta ahora, en el universo jurídico tradicional, existían dos tipos de sujetos: las personas físicas -para entendernos: usted, yo, incluso el vecino de arriba que se dedica al bricolaje los domingos- y las personas jurídicas: empresas, fundaciones, asociaciones y demás entidades a las que la legalidad reconoce capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones, y a las que se dota de personalidad jurídica para que puedan pagar impuestos, contraer deudas, poseer bienes o firmar contratos. Ejemplo histórico fueron las poderosas Compañías de las Indias Orientales.
Pero el siglo XXI ha incorporado nuevos personajes a la escena: inteligencias artificiales, drones, asistentes como Alexa, Siri o Bixby, robots, coches autónomos, seres virtuales y mascotas que ya firman más contratos que algunos influencers. A raíz de ello surge un pequeño problema: cuando la lían ¿quién desembolsa? En el caso de los animales de compañía está más o menos claro: los titulares, por no decir dueños, expresión que se ha quedado obsoleta porque no está nada claro quién manda hoy en la ecuación dueño-mascota. Pero ¿y en el caso de las IAS o de los robots?
En un mundo plagado de Inteligencias Artificiales, el problema de la personalidad jurídica toma nuevas dimensiones. Si el móvil ha decidido que estás caduco ¿apagas el wifi y lo pones modo avión? Si adquieres un coche autónomo porque la DG de Tráfico te ve mayor y el vehículo comete una infracción ¿qué opciones tiene el inocente policía? Con toda lógica, tú te vas a resistir heroicamente a pagar la multa… entonces ¿apoquinará el diseñador, el fabricante o la propia administración que ha sido tan absurda de darle el carnet de conducir a un coche? ¿Culpamos a los algoritmos o al propio vehículo? ¿Y si quien impone la multa a su vez es una cámara con un programa autónomo? ¿Qué harán los abogados?
Ya no es necesario abrir una página web o un chat para pedir a una IA que haga algo, ni comprar una cajita con un asistente virtual que te ponga música, te haga creer que te escucha o te informe del tiempo. Las IAS tienen iniciativa, están presentes y activas en casi todo lo que hacemos, incluso en lo que no hacemos. Si abrimos un ordenador nos salta presurosa una IA con una oferta de ayuda… (No sé a ustedes, pero a mí me carga un poco tanta amabilidad cibernética) Las IAS escriben informes, me temo que también artículos y seguro que algunas novelas, recomiendan diagnósticos médicos y te buscan recetas caseras; los robots montan toda clase de maquinaria, e incluso realizan operaciones quirúrgicas; y los asistentes virtuales abren cerraduras, miran tu nevera por si te faltan huevos y hacen el pedido al supermercado. No obstante, jurídicamente son fantasmas: interactúan con nosotros, pero no existen.
El siguiente paso es darles una personalidad jurídica, aunque sea específica. El debate es reciente pero no nuevo. Las mascotas han sido una suerte de pioneras: no pagan impuestos, no firman contratos, los titulares se hacen responsables, pero en España y en algunos países tienen una identidad y tienen derechos.
El Parlamento Europeo, en una Resolución de 16 de febrero de 2017 con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre normas de Derecho Civil sobre robótica (P8_TA(2017)0051) propuso crear un “estatus de persona electrónica”, sobre todo para máquinas autónomas capaces de aprender.
Recomiendo la lectura de esa Resolución, no por su enjundia (todavía le falta) o por su valor legal (no tiene ninguno), sino por su introducción. Desde aquel histórico Manifiesto de los Persas que tuvo la humorada de comenzar un decreto de vuelta al absolutismo con la frase: “En tiempos de los antiguos persas”… no he leído algo parecido.
En este caso, el Parlamento Europeo comienza su introducción “considerando que, desde el monstruo de Frankenstein creado por Mary Shelley al mito clásico de Pigmalión, pasando por el Golem de Praga o el Robot de Karel Capek -que fue quien acuñó el término-, los seres humanos han fantaseado siempre con la posibilidad de construir máquinas inteligentes, sobre todo androides con características humanas”…
Dejando aparte esta fabulosa lección de la historia de la literatura de ciencia-ficción, que parece que guía los pasos de nuestros sesudos parlamentarios europeos, todavía queda algún tiempo para que los robots y las IAS sean personas jurídicas. Lo siento: si tu móvil te hace bullying o tu asistente virtual se niega a hablarte, lo único que puedes hacer de momento es apagarlo o reprogramarlo. Y por mucho que aprecies los consejos de tu IA, todavía no puede votar en las próximas elecciones. Todo se andará.