El Tribunal de la UE desestima el recurso de Google y fija la multa definitiva de 4.125 millones de euros
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ratificado de forma definitiva la multa de 4.125 millones de euros impuesta a Google. La justicia europea desestima el recurso de la tecnológica por abuso de posición dominante a través de Android.
La máxima instancia judicial de la Unión Europea ha puesto fin a uno de los litigios antimonopolio más duraderos del sector tecnológico global. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha ratificado la sentencia dictada en primera instancia por el Tribunal General, confirmando la imposición de una sanción multimillonaria a la corporación Google por haber incurrido en un abuso de posición dominante en el mercado. El tribunal con sede en Luxemburgo ha desestimado de forma íntegra el recurso de casación interpuesto por la multinacional y su matriz, Alphabet, validando la legalidad de los argumentos jurídicos que sirvieron de base para la penalización corporativa.
El origen del conflicto legal se remonta al ejercicio 2018, fecha en la que la Comisión Europea determinó que Google se había valido de su hegemonía en el entorno móvil para imponer restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos. Según el Ejecutivo comunitario, la empresa obligó a la preinstalación de su motor de búsqueda (Google Search) y de su navegador web (Chrome) en los terminales que operaban bajo su sistema de licencias de Android. Bruselas tipificó estas conductas, canalizadas mediante acuerdos de preinstalación y exclusividad, como una infracción única y continua encaminada a neutralizar la libre competencia en los navegadores y motores de búsqueda alternativos, dictaminando inicialmente una sanción global de 4.342,8 millones de euros.
Desglose de la sanción solidaria y rechazo al recurso de Alphabet
La cuantía definitiva fijada por el alto tribunal europeo responde a una revisión contable realizada previamente por el Tribunal General. En primera instancia, dicha corte validó el núcleo de la acusación de la Comisión Europea pero anuló de forma parcial un apartado de la resolución: el relativo a los contratos de reparto de ingresos condicionados a la preinstalación exclusiva de Google Search en carteras específicas de productos. Debido a esta anulación parcial de la conducta infractora, los magistrados recalcularon el importe punitivo a la baja, determinando la cuantía definitiva en los 4.125 millones de euros para Google, de los cuales 1.520 millones se imputan de manera solidaria a su matriz, Alphabet.
En su reciente dictamen de casación, el Tribunal de Justicia de la UE ha negado la existencia de los errores de Derecho que los servicios jurídicos de Google achacaban a la primera sentencia y ha resuelto de manera contundente que la fundamentación económica y legal de la multa resulta adecuada y proporcional a la gravedad de los hechos. Con esta resolución judicial firme, que ya no es susceptible de ulteriores recursos ordinarios, las instituciones de la Unión Europea blindan su potestad regulatoria y supervisora frente a las grandes plataformas digitales internacionales y sus prácticas comerciales de exclusividad en los sistemas operativos de código abierto.