Presupuestos

El Gobierno activa un amplio paquete de cambios fiscales para 2026 ante la falta de Presupuestos

Pedro Sánchez es aplaudido por su bancada en la sesión de control al Gobierno celebrada en el Senado | Foto de Pool Moncloa/Fernando Calvo

El RD-ley 16/2025 prorroga incentivos, abre plazos extraordinarios y ajusta IVA, IRPF, Sociedades y plusvalía municipal con efectos inmediatos para empresas y particulares

 

 

El Ejecutivo ha puesto en marcha un marco transitorio de medidas fiscales y económicas mediante el Real Decreto-ley 16/2025, de 24 de diciembre, con el que pretende evitar vacíos normativos y aportar seguridad jurídica ante la ausencia de Ley de Presupuestos Generales del Estado. La norma, ya en vigor y pendiente de convalidación parlamentaria, introduce prórrogas, nuevos plazos y ajustes técnicos que afectan de lleno a autónomos, empresas y contribuyentes durante 2025 y 2026.

El paquete combina flexibilización administrativa, incentivos a la transición energética y protección social, al tiempo que actualiza figuras tributarias como la plusvalía municipal y elimina cargas formales innecesarias para perceptores de prestaciones por desempleo.

En el ámbito del IVA, el decreto abre un plazo extraordinario hasta el 31 de enero de 2026 para que los contribuyentes puedan renunciar al SII (Suministro Inmediato de Información) y solicitar la baja voluntaria en el REDEME con efectos para este ejercicio. La medida busca dar margen de adaptación tras los recientes cambios en facturación electrónica y los ajustes técnicos derivados del RD 1007/2023.

Además, se prorrogan los límites del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, manteniendo el umbral de 250.000 euros para 2026. También se habilita un plazo específico hasta el 31 de enero para presentar o modificar renuncias y revocaciones al sistema de módulos y a estos regímenes especiales, incluso si se presentaron en diciembre.

En el Impuesto sobre Sociedades, el Gobierno refuerza los incentivos verdes. Se amplía la libertad de amortización para inversiones en instalaciones de autoconsumo renovable y sistemas térmicos sostenibles cuya puesta en funcionamiento se produzca en 2025 o 2026. La misma lógica se aplica a la movilidad eléctrica: se extiende la libertad de amortización para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga afectos a actividades económicas con entrada en funcionamiento entre 2024 y 2026.

En el IRPF, el decreto prolonga hasta el 31 de diciembre de 2026 las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas, y hasta 2027 en el caso de rehabilitaciones de edificios residenciales. También se extiende un año más la deducción por adquisición de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga en inmuebles de uso particular.

Para evitar subidas automáticas de impuestos, se mantiene para 2024 y 2025 el tipo reducido del 1,1 % en la imputación de rentas inmobiliarias en municipios con valores catastrales revisados desde 2012. Asimismo, se consolidan exenciones en el IRPF para ayudas por incendios forestales de 2025 y para determinadas ayudas de la Generalitat Valenciana por la DANA, con efectos retroactivos desde octubre de 2024.

En materia de desempleo, desaparece la obligación automática de declarar el IRPF para perceptores de prestaciones: solo deberán hacerlo si superan los umbrales generales de la ley, reduciendo cargas burocráticas para este colectivo.

Desde el 1 de enero de 2026, se actualizan los coeficientes máximos de la plusvalía municipal (IIVTNU) para adaptarlos mejor al periodo real de generación de valor del terreno, lo que modifica el cálculo del impuesto en transmisiones inmobiliarias.

El decreto también amplía las ayudas por la DANA a comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, con un plazo de solicitud entre el 21 de enero y el 11 de marzo de 2026, y con abono directo mediante transferencia bancaria.

En el plano mercantil, se mantiene hasta finales de 2026 la suspensión del cómputo de pérdidas de 2020 y 2021 a efectos de causa legal de disolución, dando margen a empresas aún en proceso de recuperación. No obstante, si las pérdidas posteriores dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, los administradores deberán convocar junta para adoptar medidas.

Gestorías y asesores fiscales advierten de que estas novedades tienen impacto inmediato en la planificación de 2026 y recomiendan revisar opciones en módulos, SII, amortizaciones e inversiones energéticas para optimizar la carga fiscal y evitar errores formales.