Tribunales

La acusación popular solicita 13 años de prisión para Begoña Gómez y 6 para su asesora

Begoña Gómez en una comparecencia - Foto de la emisión en directo Asamblea de Madrid

La acusación popular ejercida por Hazte Oír pide 13 años de cárcel para Begoña Gómez por tráfico de influencias y malversación. También solicita seis años de prisión para su asesora, Cristina Álvarez, en la causa que irá a tribunal del jurado.

En su escrito de conclusiones provisionales, la acusación detalla una petición de dos años de prisión por el delito de tráfico de influencias, a los que suma tres años por un delito de malversación continuada y 8 años por malversación agravada para Gómez. De forma subsidiaria, en caso de apreciarse un concurso medial entre los delitos de malversación, plantea una pena única de 10  años de prisión y 20 años de inhabilitación especial.

Por su parte, para la asesora Cristina Álvarez se propone una pena de 6 años de cárcel y 15 años de inhabilitación en calidad de cooperadora necesaria en el delito de malversación. Esta acusación se concreta en relación con el desarrollo y gestión del 'software' de la cátedra que Begoña Gómez dirigía en la Universidad Complutense de Madrid.

Decisión de la Audiencia Provincial y juzgamiento mediante tribunal del jurado

El escrito remitido por las acusaciones solicita formalmente la apertura de juicio oral ante un tribunal del jurado. Esta petición se produce tras las resoluciones dictadas por la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid al resolver los recursos de las defensas. En su resolución, los cinco magistrados de la Sala acordaron levantar las medidas cautelares que pesaban sobre ambas investigadas, retirando la prohibición de salir del territorio nacional, la retirada de pasaporte y la obligación de comparecer quincenalmente ante el juzgado.

Asimismo, el auto de la Audiencia delimitó los delitos juzgables mediante el procedimiento del Tribunal del Jurado, circunscribiéndolo a Begoña Gómez por tráfico de influencias y malversación, y a Cristina Álvarez exclusivamente por malversación ligada al desvío del 'software', sobreseyendo para ella la causa por tráfico de influencias. Finalmente, la Sala acordó el sobreseimiento del delito de corrupción en los negocios para todas las partes e independizó la causa del empresario Juan Carlos Barrabés, que continuará tramitándose por el procedimiento abreviado ordinario.