Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo vuelve a negar la libertad a Koldo García por riesgo de fuga y ante la inminente sentencia del caso mascarillas

Koldo García - Senado

El Supremo rechaza una nueva petición de libertad de Koldo García al apreciar riesgo de fuga y la cercanía de la sentencia

El Tribunal Supremo ha vuelto a rechazar la puesta en libertad del exasesor ministerial Koldo García, al considerar que continúan existiendo circunstancias que justifican su permanencia en prisión provisional, entre ellas el riesgo de fuga y la proximidad de la sentencia del denominado caso mascarillas.

La decisión se recoge en un auto mediante el que el tribunal desestima el recurso presentado por la defensa de García contra la negativa a concederle la libertad tras la celebración del juicio por las presuntas irregularidades en la adquisición de material sanitario durante la pandemia.

El tribunal aprecia riesgo de fuga

Los magistrados consideran que siguen vigentes los argumentos que motivaron en su día la privación de libertad acordada para Koldo García y José Luis Ábalos el pasado 27 de noviembre.

Según señala la resolución, persisten las circunstancias valoradas anteriormente tanto por el juez instructor como por la Sala de Apelaciones, especialmente las relacionadas con el riesgo de fuga derivado de la gravedad de los hechos investigados.

Además, el tribunal destaca que el proceso judicial se encuentra en una fase especialmente avanzada, al estar pendiente una resolución que considera “inmediata” sobre unos hechos calificados como muy graves.

La defensa pidió la absolución y la libertad

Durante la última sesión del juicio, la defensa de Koldo García solicitó tanto su absolución como su puesta en libertad.

La abogada del exasesor argumentó que, una vez finalizada la vista oral, no existía riesgo de fuga y denunció un supuesto agravio comparativo respecto al empresario Víctor de Aldama, único de los tres acusados que permanece en libertad.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaza esta interpretación y sostiene que no existe discriminación alguna entre los procesados.

Diferente tratamiento procesal respecto a Aldama

En relación con la comparación realizada por la defensa, los magistrados consideran que las situaciones de los acusados no son equivalentes.

La resolución indica que existe un comportamiento procesal distinto entre los encausados y que esa circunstancia justifica el diferente tratamiento adoptado respecto a cada uno de ellos.

Por este motivo, el tribunal descarta que pueda hablarse de desigualdad o trato discriminatorio en las medidas cautelares aplicadas.

La Fiscalía y las acusaciones se opusieron a la excarcelación

Tanto la Fiscalía Anticorrupción como las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular se pronunciaron en contra de la petición de libertad planteada por la defensa de Koldo García.

Ambas partes defendieron que el riesgo de fuga continúa existiendo y respaldaron el mantenimiento de la prisión provisional.

La defensa sostuvo durante el juicio que Koldo García no tenía capacidad de decisión en los contratos de mascarillas y que su función se limitaba a desempeñar tareas relacionadas con la agenda y la asistencia personal al entonces ministro de Transportes.

La prisión provisional se acordó en noviembre

El magistrado instructor del caso en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, acordó en noviembre el ingreso en prisión provisional de Koldo García y José Luis Ábalos.

Entre los argumentos utilizados para justificar esa medida figuraban el riesgo de fuga, la gravedad de los hechos investigados, la existencia de indicios considerados consistentes y las elevadas penas solicitadas por las acusaciones, que alcanzan hasta 30 años de prisión.

Con esta nueva resolución, el Tribunal Supremo mantiene la situación de prisión provisional de Koldo García mientras se espera la sentencia del procedimiento judicial.