Caso Begoña Gómez

La Audiencia Provincial frena al juez Peinado y descarta investigar al delegado del Gobierno en el caso Begoña Gómez

Francisco Martín Aguirre - Foto Delegación del Gobierno en Madrid

La Audiencia Provincial estima los recursos de Fiscalía y Abogacía del Estado y revoca la imputación de Francisco Martín por falta de indicios en el caso Begoña Gómez

La Audiencia Provincial de Madrid ha corregido la decisión del juez Juan Carlos Peinado y ha rechazado investigar al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, en el marco del caso que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. La resolución estima los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que consideraban infundada la admisión de la querella impulsada por Vox.

La querella, que sostenía posibles delitos de malversación de caudales públicos, vinculaba a Martín con la contratación y funciones de Cristina Álvarez, asesora de La Moncloa y colaboradora de Gómez, durante el periodo en que el delegado desempeñó el cargo de secretario general de la Presidencia (2021-2023). Los magistrados, sin embargo, han concluido que los argumentos se basaban en “meras suposiciones” y carecían de “el más mínimo indicio” para justificar una imputación.

El auto allana el camino para el archivo de la causa

Con esta decisión, la causa respecto a Martín queda prácticamente abocada al archivo, deshaciendo el paso previo dado en mayo por Peinado, que había acordado admitir la querella y citarlo como investigado. La decisión judicial supone un giro relevante en el procedimiento y limita el alcance de la instrucción en torno a las responsabilidades administrativas señaladas por Vox.

La Audiencia sostiene que no existen indicios sobre una presunta desviación de funciones relacionadas con la asesora, ni pruebas que vinculen al delegado con un uso irregular de recursos públicos. Para los magistrados, la ausencia de base sólida impide continuar con diligencias penales en esa línea.

Este escenario devuelve el foco de la investigación exclusivamente al ámbito ya delimitado en la causa principal sobre la actividad profesional de Begoña Gómez, sin extender responsabilidades a terceros cargos institucionales.