El Gobierno prohíbe bollería y bebidas azucaradas en los colegios con un nuevo real decreto de comedores escolares
La norma impulsa una alimentación más saludable y sostenible en los centros educativos, con cinco comidas saludables semanales y restricciones a ultraprocesados
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, una normativa que prohíbe servir bollería industrial, bebidas azucaradas y energéticas en los centros escolares de toda España, al tiempo que fomenta el consumo diario de frutas, verduras, legumbres y pescado en los menús escolares.
La medida, promovida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, con la colaboración de los ministerios de Educación, Sanidad, Agricultura y Juventud e Infancia, establece nuevos estándares para todos los centros escolares, públicos, concertados y privados, que impartan educación infantil (2º ciclo), primaria, secundaria, bachillerato o formación profesional básica o media.
Cinco comidas saludables por semana
Según explicó el ministro Pablo Bustinduy, la norma garantiza que cada centro con servicio de comedor escolar ofrezca cinco comidas saludables a la semana, incluyendo una presencia obligatoria de fruta y verdura fresca a diario, de la cual al menos el 45% deberá ser de temporada.
Por su parte, la ministra de Educación, Pilar Alegría, subrayó que la nueva normativa busca asegurar una “alimentación mucho más nutritiva y variada para nuestros menores, sin importar su nivel de renta o el lugar donde hayan nacido”.
Adiós a bollería industrial, azúcares y fritos precocinados
El decreto prohíbe expresamente la venta y consumo de bebidas azucaradas, energéticas y bollería industrial en las máquinas expendedoras, cafeterías y comedores escolares. Los productos envasados no podrán superar las 200 kilocalorías por porción, ni contener más de 5 gramos de azúcares añadidos, 2,2 gramos de grasas saturadas o 0,5 gramos de sal.
En cuanto a los platos precocinados, como pizzas o empanadillas, sólo podrán servirse una vez al mes. Las frituras elaboradas en el día estarán limitadas a una vez por semana y deberán cocinarse preferentemente con aceite de oliva o girasol alto oleico.
Frecuencia mínima de alimentos clave
Entre las nuevas exigencias, destaca que:
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El pescado debe servirse entre una y tres veces por semana.
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Las legumbres al menos una vez a la semana, cumpliendo así las recomendaciones de la AESAN y la OMS.
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Se debe incluir una ración semanal de arroz o pasta integral y varias raciones de pan integral.
El decreto también establece que al menos el 5% del gasto alimentario o dos platos al mes deben destinarse a productos de producción ecológica y de origen local o de proximidad, en línea con iniciativas exitosas como ‘Ecocomedores’ en Canarias y ‘Horta Cuina’ en la Comunidad Valenciana.
Objetivos: salud infantil y apoyo al sector primario
Además de su impacto nutricional, la norma también persigue reducir desigualdades en salud, combatir la obesidad infantil y apoyar al sector agroalimentario español. “No se trata sólo de proteger a los menores, sino de apostar por un modelo alimentario justo, sostenible y responsable”, destacó Bustinduy.
La normativa da cumplimiento a la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición (2011), y se alinea con los objetivos del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil 2022-2030.
Con esta medida, el Gobierno pretende también homogeneizar los estándares alimentarios escolares en todo el territorio y avanzar en una educación en salud alimentaria desde la infancia, en colaboración con las comunidades autónomas.