Ortega Smith

El Ayuntamiento fija las funciones de Ortega Smith como concejal no adscrito tras su salida de Vox

Ortega Smith - Foto Vox
El Ayuntamiento establece el régimen de participación de Javier Ortega Smith tras pasar a ser concejal no adscrito

El Ayuntamiento de Madrid ha fijado el régimen de participación del concejal no adscrito Javier Ortega Smith tras su salida del Grupo Municipal Vox.

La resolución determina que podrá registrar una iniciativa cada dos plenos ordinarios y una iniciativa cada cuatro comisiones de área de Gobierno, aplicando un criterio de proporcionalidad al no existir una regulación específica en el Reglamento Orgánico del Pleno (ROP) para los concejales no adscritos.

La decisión ha sido adoptada mediante una resolución firmada por el presidente del Pleno, Borja Fanjul, a partir de un informe elaborado por la Secretaría General.

Un criterio proporcional basado en la composición del Pleno

La resolución toma como referencia la composición actual de la Corporación municipal, integrada por 57 concejales.

En el mandato actual, los cuatro grupos municipales —PP, Más Madrid, PSOE y Vox— pueden presentar un máximo de 24 iniciativas por pleno, con un límite de seis por grupo.

De ese reparto se deriva que un concejal no adscrito podrá registrar una iniciativa cada dos sesiones ordinarias del Pleno.

Podrá presentar proposiciones, preguntas e interpelaciones

El Reglamento Orgánico del Pleno permite a los concejales no adscritos presentar proposiciones, mociones de urgencia, preguntas e interpelaciones.

Sin embargo, no podrán solicitar comparecencias, ya que esta posibilidad queda reservada a los grupos municipales o a una quinta parte de la Corporación.

En cuanto a la participación en los debates, será la Junta de Portavoces la encargada de fijar los tiempos y turnos de intervención.

La resolución establece que estos tiempos no podrán superar los asignados a un grupo municipal ni ser inferiores a un minuto.

Cuando la iniciativa haya sido registrada por el propio Javier Ortega Smith, mantendrá los tiempos previstos en el reglamento, salvo que solicite expresamente reducirlos.

Participación en las comisiones municipales

La resolución también regula la presencia del concejal no adscrito en las comisiones permanentes del Ayuntamiento.

A petición propia, Ortega Smith podrá integrarse como miembro titular en la comisión o comisiones que solicite.

No obstante, al no formar parte de ningún grupo político, no podrá ser sustituido por otro concejal en caso de ausencia.

Una iniciativa cada cuatro comisiones

En las comisiones municipales, los grupos políticos pueden presentar hasta doce iniciativas durante el mandato, con un máximo de tres por grupo.

Aplicando el mismo criterio de proporcionalidad, Ortega Smith podrá registrar una iniciativa cada cuatro sesiones ordinarias de la comisión en la que participe.

Además, solo podrá promover una comparecencia cada doce sesiones.

Durante las reuniones también podrá formular preguntas y ruegos, mientras que los tiempos de intervención serán establecidos por la Junta de Portavoces o por la Presidencia de la comisión correspondiente, respetando igualmente el límite máximo previsto para los grupos políticos y un mínimo de un minuto.

Cuando intervenga para defender una iniciativa propia conservará los tiempos fijados por el reglamento, salvo que decida reducirlos.

Las comisiones aplicarán el voto ponderado

La resolución concluye que las comisiones en las que participe un concejal no adscrito funcionarán mediante voto ponderado, conforme a lo previsto en la Ley de Administración Local de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de mantener la representatividad existente en el Pleno.

En cambio, el voto de Javier Ortega Smith en las sesiones plenarias tendrá el mismo valor que el del resto de concejales de la Corporación, sin diferencias respecto al resto de miembros del Ayuntamiento de Madrid.