Viviendas

Freno a los pisos turísticos: solo podrán abrirse con la aprobación expresa de la comunidad de vecinos

Bloque de viviendas - Foto de 123/rfjoaquincorbalan
El próximo 3 de abril entrará en vigor una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) que impondrá nuevas restricciones a la apertura de Viviendas de Uso Turístico (VUT) en edificios residenciales

A partir de esta fecha, será obligatorio contar con la aprobación expresa del 60% de los propietarios del inmueble para permitir, prohibir o limitar esta actividad.

Un logro para el movimiento vecinal

La medida representa un éxito para la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM), que había solicitado un umbral del 75% de aprobación. Aunque el porcentaje fijado es menor, la federación celebra el avance como un paso clave en la regulación de los pisos turísticos.

Uno de los principales cambios es que ya no será necesario modificar los estatutos de la comunidad y registrarlos para impedir la apertura de una VUT, eliminando así un trámite costoso que ascendía a varios miles de euros.

Nuevas reglas para abrir una VUT

Desde el 3 de abril, cualquier promotor que quiera poner en marcha una vivienda de uso turístico deberá:

  • Solicitar la aprobación expresa de la comunidad de vecinos, mediante votación en junta, con el respaldo de las tres quintas partes de los propietarios y de las cuotas de participación.
  • Si la actividad comienza sin este permiso, el presidente de la comunidad podrá exigir su cese inmediato y emprender acciones legales.

Además, la comunidad podrá imponer cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación en los gastos comunes de hasta un 20% para las viviendas destinadas al alquiler turístico.

Medida sin carácter retroactivo

Las nuevas regulaciones no afectarán a las VUT que ya operan legalmente, que podrán seguir funcionando bajo las condiciones y plazos establecidos en la normativa en vigor cuando se dieron de alta. Sin embargo, las viviendas turísticas ilegales sí podrán ser prohibidas de inmediato por las comunidades de vecinos.

Exigencia de control por parte de la Comunidad de Madrid y ayuntamientos

Tras la modificación de la LPH, la FRAVM exige que la presentación del acuerdo favorable del 60% de los propietarios sea un requisito obligatorio para:

  • Registrar una VUT en el listado autonómico de alojamientos turísticos.
  • Obtener una licencia municipal de actividad.

Hasta ahora, solo era necesario presentar una Declaración Responsable para inscribir una vivienda en el registro regional, lo que permitía su apertura de forma automática.

Campaña informativa para frenar la expansión de los pisos turísticos

Desde 2017, la FRAVM ha trabajado para limitar la proliferación de pisos turísticos, argumentando que aumentan los precios de la vivienda y generan problemas de convivencia. Para reforzar la nueva normativa, la federación intensificará su campaña informativa y anima a las comunidades de vecinos a blindarse frente a estos negocios.

Para ello, la FRAVM ha creado la Oficina Vecinal de Afectados por las VUT, que ofrece asesoramiento a través de su página web  y atención presencial en el Ateneo La Maliciosa de Madrid, en Arganzuela.

Solicitan la prohibición total de las VUT en Madrid

El pasado 7 de febrero, la FRAVM presentó una serie de alegaciones al Plan Reside del Ayuntamiento de Madrid, solicitando la prohibición total de la actividad de los pisos turísticos en todo el municipio. Su objetivo es recuperar viviendas para el alquiler residencial y afrontar la crisis de acceso a la vivienda.

A pesar de las multas y cierres impuestos por las autoridades, Madrid sigue contando con casi 15.000 pisos turísticos ilegales, una cifra que la FRAVM considera inaceptable. Con la entrada en vigor de la nueva ley, esperan reducir drásticamente su número y recuperar viviendas para residentes.