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  <title><![CDATA[El Diario de Madrid :: RSS de «J. Ignacio Trillo Garrigues»]]></title>

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    <description><![CDATA[Noticias de Madrid y la Comunidad de Madrid. Actualidad, economía, política, cultura, sociedad, empresas, tecnología, entrevistas y análisis en el periódico digital de los madrileños.]]></description>
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  <title><![CDATA[El mayor despañadero, la confianza]]></title>
      <category><![CDATA[Opinión]]></category>
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  <pubDate>Mon, 27 Jul 2026 09:00:16 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[El martes 21 de julio visualicé perplejo una nueva rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en donde la Vicepresidenta Yolanda Díaz, en lo que respecta a la no injerencia del poder político en el poder judicial -aquella “excentricidad”...]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[El martes 21 de julio visualicé perplejo una nueva rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en donde la Vicepresidenta Yolanda Díaz, en lo que respecta a la no injerencia del poder político en el poder judicial -aquella “excentricidad” de Montesquieu, vaya- aseguraba haber cumplido, en los siguientes términos:&nbsp; “Bueno, saben ustedes que me dedico a la abogacía y nunca en mi vida nunca- he valorado sumarios judiciales: ni cuando gobernaba el Presidente Feijóo la Xunta de Galicia, ni a día de hoy. Lo saben ustedes porque hay algún gallego aquí presente y lo hago -lo he hecho- a lo largo de toda mi vida. En primer lugar, porque no sería, eh, responsable por mi parte; y, en segundo lugar, porque además observo cómo todos los días correctamente, supongo que sí, mucha gente habla, seguramente -bueno pues… sin la pericia suficiente para ello, cosa que yo no voy a hacer”. Pues bien y entre otras muchas ocasiones: (i) lo hizo en octubre de 2023 valorando negativamente, ni más ni menos que las actuaciones del Tribunal Supremo en relación con “el procés” y con la aplicación de la Ley de Amnistía; (ii) lo hizo de nuevo en noviembre de 2025, en relación con la condena del Fiscal General del Estado, poniendo en la picota otra vez al Tribunal Supremo; (iii) y, cómo no, vuelve a hacerlo y en cada ocasión que se le presenta, con referencia a la tramitación de la causa dirigida contra la esposa del actual Presidente del Gobierno. En esta última, la diatriba que dirige frente al Juez Peinado, sube de tono hasta el punto de referir, textualmente: “todo lo que les he dicho muchas veces: que esta instrucción se va a estudiar en las facultades de Derecho de las que provengo yo”. No vamos a entrar en apoyar o no en este momento la instrucción del Juez Peinado, que para eso está “La Superioridad”, esto es la Audiencia Provincial de Madrid y el exclusivo camino de los recursos como vía de acceso a la tutela judicial efectiva. Habrá así mantenido algunas de sus resoluciones y corregido otras, pero lo cierto y verdad es que el asunto va a juicio oral de jurado por dos presuntos delitos escasamente tranquilizadores. Señora Vicepresidenta: si queremos poner sobre el tapete un claro ejemplo de un caso paradigmático para enseñar en las Escuelas de Práctica Jurídica de toda la nación… ¡Ese es el de David Sánchez! No ha sido ni siquiera capaz de decirnos a qué se dedicaba, ni dónde estaba su centro de su trabajo, ni quienes eran sus compañeros, ni otra serie de circunstancias generales que cualquiera aprende y pronuncia con la debida dosis de verosimilitud y con soltura en cualquier parte y, sobre todo, ante un juez de instrucción. Más inquietante y desazonador es decir -abiertamente así lo dice- si alguien habla o deja de hablar “sin la adecuada pericia para ello”. Lamentamos nuevamente tener que discrepar dicha aseveración: de momento no existe “carné” para ejercer el derecho a la libertad de expresión, pensamiento y de opinión, y sí y por el contrario (artículo 20 de la Constitución) a opinar libremente. ¿O es que también se nos va a decir qué es lo que tenemos que opinar? Naturalmente, esta particular alocución de la Sra. Vicepresidenta vino al caso del expresidente Sr. Rodríguez Zapatero, con constante y machacona alusión a la presunción de inocencia, a la cual y por cierto se alude por el Gobierno y sus “adláteres”, con la indisimulable finalidad de “mantener prietas las filas” hasta en tanto no conste eventualmente dictada una sentencia condenatoria (y, firme, naturalmente, para más señas…). Y -eso sí- con ciertos tímidos y bien medidos reproches, en los menos casos,&nbsp; Y no es así: si tales “pruebas indiciarias” pueden, como pueden, constituir la base de imputación para un juez de instrucción, cuánto no más podrá extenderse a la imagen pública, confianza y reputación de cualquier persona. Dicho de otra manera: la presunción de inocencia no impide que una persona, estando o no investigada a través de un proceso penal y con todas las garantías y más en el segundo caso, pueda suscitar reticencias y desconfianzas. No hay cabalmente que aguardar a una condena por sentencia firme para recelar o desconfiar de nadie: «El mayor despeñadero, la confianza», que diría Don Francisco de Quevedo. Seamos serios pues y reparemos en los matices, que no son inocuos. No se nos lleve al huerto, por favor.]]></content:encoded>
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  <title><![CDATA[La cena de los idiotas]]></title>
      <category><![CDATA[Opinión]]></category>
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  <pubDate>Tue, 21 Jul 2026 10:21:12 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[ Comprobaba ayer atónito -lo sigo haciendo- el curioso “happening” entre el General de División D. Fernando Mora y el Teniente General D. Luis Antonio del Castillo. La escena era acorde, en cuanto a la puesta en escena del segundo de ellos, a la...]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Comprobaba ayer atónito -lo sigo haciendo- el curioso “happening” entre el General de División D. Fernando Mora y el Teniente General D. Luis Antonio del Castillo. La escena era acorde, en cuanto a la puesta en escena del segundo de ellos, a la mismísima interpretación de Francois Pignon en aquella divertida comedia “La Cena de Los Idiotas” (1998). Allí, Pierre Brochant y sus amigos se deleitaban en convidar todos los miércoles a un sujeto de escasas luces para que les amenizara sus cenas, tomándole el pelo y aventurándolo a pronunciarse sobre espinosas cuestiones. El corolario consistía invariablemente la formulación de razonamientos y premisas a cual más extravagante y de estrambote. Pero también me recordó a nuestro tan admirado y querido Miguel Gila en aquellos imperecederos sketchs sobre la guerra: “¿es el enemigo?”; “¿ustedes podrían parar la guerra a un momento?”; “se nos ha atrancado el cañón (…) el Sargento es que ha metido la cabeza para pasar revista y no la puede sacar”.</p>

<p style="text-align: justify;">Pues bien, en parecidos términos -créanlo ustedes o no- transcurría una tensa conversación nada menos que entre dos generales: el de División, D. Fernando Mora, reprochándole al Teniente General del Castillo que no podía dejar de cumplir con una obligación civil institucional a cargo de la Benemérita en una fecha tan señalada como lo era y lo es el 2 de mayo; y el Teniente General del Castillo, dirigiéndole tibiamente orden al primero -después convertida en mera recomendación o invitación con los consabidos “apremios de rigor”- e insistiéndole en que debía de dejar de acudir a tan señalada cita, supuestamente para dar cumplimiento a una serie de consignas enteramente arbitrarias y políticas procedentes de la Dirección General de la Guardia Civil.</p>

<p style="text-align: justify;">Todas aquellas “recomendaciones” serían así dirigidas hacia su destinatario, en lugar -a la vista de lo delicado de la misma- de un ejercicio de racionalidad y de cortesía y apelando por el contrario, como antaño se hacía en el Ejército, a una serie de sustantivos de grueso trazo que no es menester aquí reproducir. Mucho ha mejorado el Ejército español en las recientes décadas. Y muchos, sino todos, vienen ya siendo sus oficiales y suboficiales, que, con sobresalientes estándares de cualificación y de formación han dejado ya de apelar constantemente al valor y al cumplimiento de su deber en esos gruesos e impropios términos. Pero es que, además y tal y como sus propias Reales Ordenanzas exigen y seguidamente veremos, así como su propio Código Penal militar previene y castiga, tales descortesías, apremios y despropósitos, jamás pueden ni deben tolerarse y, menos aún, entre generales del ejército español.</p>

<p style="text-align: justify;">Sr. Teniente General, con tal actitud no pretenda usted hacernos creer que “el honor es su divisa”. Ignoro si en otros casos, pero en este, su divisa es el deshonor. Y con ello no merece usted la distinción de excelencia -“vuecencia” - que su rango le dispensa. Simplemente y tras ese lamentable espectáculo, las&nbsp;características y valores que la propia definición del término tiene acuñada conforme&nbsp;&nbsp; a&nbsp;&nbsp; la&nbsp;&nbsp; definición&nbsp;&nbsp; de&nbsp;&nbsp; la&nbsp;&nbsp; RAE&nbsp;&nbsp; (2): “Tratamiento de respeto y cortesía que se da a algunas personas por su dignidad o empleo”, para Ud. han desaparecido.</p>

<p style="text-align: justify;">Y, a sabiendas de la imposibilidad del dictado de una orden con tales premisas, el Teniente General de la Guardia Civil no vacilaría entonces en dirigir a su subordinado a solicitar su pase a la Reserva en caso de perseverar en no cumplir aquello que cabalmente no tenía que cumplirse. Y así y tras hacer indebido alarde de sus atributos masculinos y a sugerirle a su subordinado la utilización “colutoria” de sus “pudendas partes” a la que el General Mora se vería “abocado” -nunca mejor dicho- en caso de no allanarse a sus “sugerencias”, se aventuraría incluso a concluir su arrebatado alegato sugiriéndole que abandonara el Cuerpo para ingresar en la Reserva. Y esto vuelve a ser, de nuevo, intolerable: ¿Cómo es posible que un Teniente General, por mucho que lo sea, dirija por las buenas a una situación de reserva a un subordinado en plenitud de facultades por no limitarse a cumplir una mera “recomendación” a sabiendas, además, de que no tiene por qué cumplimentarla?; ¿Cómo es posible que se atreva y aventure así a dirigirlo a cobrar sin más del Erario Público, sin trabajar, cuando está en plenas facultades y condiciones para ello? La sinrazón es palmaria: porque además se dispone gratis et amore del dinero público y se incurre en gastos innecesarios, sin razón ni justificación de ninguna clase, por las buenas y sin rendir cuentas a nadie. Y así y ya de paso y con tamaña “dosis de autorresponsabilidad” eliminamos de paso el problema.</p>

<p style="text-align: justify;">Llegados a este punto, nos preguntaremos en manos de quien estamos dejando algo tan serio como lo es la seguridad del Estado. Y lo diremos por una razón muy sencilla y que cualquiera alcanza a comprender: ¿Puede cabalmente entenderse y admitirse que uno de los máximos jefes de los servicios de espionaje y de seguridad del Estado, que viene constantemente haciendo de las grabaciones telefónicas y escuchas el eje fundamental de su trabajo de investigación, pueda ser “pillado” en un enredo de estas características?; ¿Puede no maliciarse un responsable de ese nivel y responder tan abrupta como irracionalmente, cuando -a la vista está- su interlocutor utiliza un perfil bajo y que lo está así “cazando”? Sinceramente, señores y señoras, con el debido respeto y en mi modesta opinión, la actuación de dicho Teniente General, por la falta de templanza y de intuición, entre otras cosas, exigible no solo a su cargo sino a cualquiera de menor rango, simplemente “no pasa el corte”. No puede ni debe estar ahí. No debe ostentar tales responsabilidades por la seguridad de la Nación y de sus habitantes.</p>

<p style="text-align: justify;">Dicha actitud descrita y ya difícilmente objetable o disimulable dada su divulgación y su reconocimiento expreso, infringe o no de plano muchas de las exigencias que al estamento militar se imponen por el Real Decreto 96/2009, de 6&nbsp;de febrero, por el que se aprueban en la Real Orden para las Fuerzas Armadas (BOE número 33, de 7 de febrero de 2009), en muchos de sus preceptos.</p>

<p style="text-align: justify;">Y así por ejemplo: (i) los referentes a la cortesía “sean militares o civiles”, al cumplimiento con las obligaciones derivadas de las misiones de las Fuerzas Armadas, de su condición militar y de su sujeción a las leyes penales y disciplinarias militares (arts. 32 y 52) ; (ii) los que afectan a su actuación como servidor público, con la consiguiente “específica obligación de profesar y guardar respeto a civiles y militares y dignidad de las personas” y a la no sumisión o imposición a otros “de medidas que supongan menoscabo de la dignidad personal o limitación indebida de sus derechos”, (artículos 51 y 52); (iii) los referentes a sus principios de actuación entre los cuales figuran su cumplimiento del deber, ética, deferencia con los civiles y liderazgo, ejemplaridad y la promoción de del entorno cultural (arts. 16, 32, 54), “sin nada tener que temer de la arbitrariedad” (art.18); (iv) y, en el particular de la apelación a la dignidad antes señalada, los que atañen a la primacía de los principios éticos, o a la aspiración a la Justicia definida como “nada que temer de la arbitrariedad”. Pues bien, ninguno de ellos parece encajar en las desatemperadas y destempladas recomendaciones ni en los mencionados alardes sexuales efectuados por el Sr. Teniente General frente a su subordinado.</p>

<p style="text-align: justify;">Y no peores conclusiones pueden apreciarse en la descrita actitud del Sr. Teniente General en lo referente a la ausencia de primacía de principios éticos en su actuación (art. 15); al estilo, liderazgo y a la responsabilidad en el ejercicio del mando (arts. 53, 54, y 55); y en lo que respecta al ejercicio de autoridad y razonamiento de órdenes (artículo 61 y 63), en lo que atañe a la razonabilidad de las dadas, a la proscripción de la arbitrariedad, y a la actuación siempre bajo el principio de equidad, evitando toda arbitrariedad y promoviendo un ambiente de responsabilidad, íntima satisfacción y mutuo respeto y lealtad.</p>

<p style="text-align: justify;">En definitiva, que nuestro brioso y desatemperado Teniente General, lejos de no tener motivos para dimitir, tiene demasiados. Y, si el honor fuera su divisa, lo haría con carácter inmediato, en el entendimiento, además, de que no solo se habrían producido los incumplimientos dichos que podrían ser objeto del ejercicio de la potestad sancionadora en vía administrativa (y, desde luego y visto lo visto eso no va a ocurrir), sino porque, además, su actuación pudiera devenir en su responsabilidad de carácter penal con arreglo al Código Penal Militar aprobado por ley Orgánica 14/2015, de 15 de octubre de 2015. Así y en efecto, al Capítulo Tercero de su libro Segundo, Título II (arts. 45 a 48, inclusive), en materia de abuso de autoridad, con las consiguientes responsabilidades de índole penal militar en la medida de impedir arbitrariamente el ejercicio de un derecho; inferir trato humillante o degradante a los inferiores; amenazar, coaccionar, injuriar o calumniar, o atentar de modo grave contra su intimidad, dignidad personal o en el trabajo, o realizare actos que supongan discriminación grave referente a la&nbsp;ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad, será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión, pudiendo imponerse, además, la pena de pérdida de empleo.</p>
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                        <item>
  <title><![CDATA[Parlamentarismo o alineamiento servil]]></title>
      <category><![CDATA[Opinión]]></category>
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  <pubDate>Fri, 11 Jul 2025 11:51:19 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[ Decía Ortega y Gasset y apuntalaba el inolvidable Julián Marías al prólogo de una moderna edición de la archiconocida obra del primero, “La Rebelión de las Masas”, que “ ser de izquierda es, como ser de derecha, una de las infinitas maneras que...]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p>Decía Ortega y Gasset y apuntalaba el inolvidable Julián Marías al prólogo de una moderna edición de la archiconocida obra del primero, “La Rebelión de las Masas”, que “<em>ser de izquierda es, como ser de derecha, una de las infinitas maneras que el hombre puede elegir para ser un imbécil; ambas, en efecto, son formas de hemiplejia mental”</em>. Y ayer quizás en la sesión presuntivamente “monográfica” sobre los actuales casos de corrupción que salpican ¿al Gobierno? ¿al Partido?, o quizás y visto lo visto, ¿a nadie?, si no se llegó a tal conclusión, ciertamente se le anduvo cerca.</p>

<p>Según definición de la RAE, parlamentar, en su primera acepción, significa hablar o conversar las unas con las otras (referido, naturalmente, a las personas), dirigiéndose más concretamente la segunda de ellas hacia entablar conversaciones con la parte contraria para intentar ajustar la paz, una rendición, un contrato o para zanjar cualquier diferencia. Estamos -deberemos estar o atender, más rectamente- al significado de zanjar divergencias o diferencias, más que, deseablemente al resto de ellos (sabidamente: ajustar la paz o rendirse).</p>

<p>Y, en este punto, es esencial, como lo es en cualquier otra reunión para debatir al uso (piénsese en sociedades mercantiles en donde la impronta democrática vino impuesta desde la Ley de Anónimas del año -51, o acaso, también en materia de propiedad horizontal desde el año -60), procurarse un orden del día con el fin de no prolongar estéril e interminablemente el debate y expandirlo a cuestiones enteramente ajenas a él. Y, al final de una extenuante y descortés polémica, no alcanzarse ningún acuerdo. Así también lo establece el Reglamento del Congreso de los Diputados a sus artículos 63 y siguientes. En definitiva, se parlamenta y decide sobre lo que se debate, y lo que se debate debe necesariamente ceñirse a un concreto y previo orden del día. En otro caso, el caos se apodera de la sesión, las afrentas se suceden y aquello se convierte en un espectáculo tan escasamente enriquecedor para quien lo protagoniza como para quien asiste a él como espectador.</p>

<p>Y, hasta aquí, la teoría. Y, sin embargo, ¿a qué nos enfrentamos? Pues bien, tan simple como desalentador: el orden del día se muta al antojo de cada grupo parlamentario con cada intervención, limitándose la presidencia de la Cámara poco más que a comprobar que el tiempo no excede del atribuido a cada orador. Y, lo que resulta más grave y desolador: que el “examinando”, esto es, quien tiene que rendir tempestivamente cuentas de lo que viene haciendo -la corrupción, en este caso, que es precisamente a lo que se constreñía el pasado miércoles el orden del día-, no solo se extiende allá de adonde le parece al orador de marras oportuno discurrir, sino que, además, sus hipotéticas rendición de cuentas y explicaciones, propias e ínsitas en su condición y responsabilidades de gobernante actual, cuando el turno le toca, se convierten en un rosario de reproches frente a otrora gobernantes de otro signo.</p>

<p>Pregúntense ustedes entonces: ¿podría tolerarse, por ejemplo, en una junta general ordinaria de una sociedad mercantil, cotizada o no, que en el punto referente a la censura de la gestión social o al ejercicio de la acción social de responsabilidad, los administradores actuales se escudaran en cómo lo habrían hecho de bien o de mal los anteriores? Fuera de toda duda que así no es ni debe ser, puesto que los anteriores habrían tenido ya que afrontar sus responsabilidades, consecuencia, además, de lo cual, deberían resultar dichas cuitas por completo ajenas al debate. ¿Por qué no se hace así en el Parlamento remitiéndose y atemperándose la discusión a lo que sucede en la actualidad y no en tiempos pretéritos?</p>

<p>¿Qué sucede, por poner otro ejemplo, en un litigio en donde los abogados se apartan de la cuestión pretendiendo introducir en el debate cuestiones y asuntos que no vienen al caso? Pues, bien sencillo: que el juez los llama al orden y les invita a ceñirse a la cuestión, retirándoles el turno de palabra si no lo hacen.</p>

<p>El resultado es que la dignidad y el nivel parlamentario no desdice para nada de lo que se debate y de la forma de hacerlo en un “reality show”, asimilándose a un “patio de corrala barojiano”. Y eso no debe en modo alguno consentirse, por el perjuicio y el envilecimiento que comporta nada menos que para el órgano que representa la soberanía nacional.</p>

<p>Y ¿por qué este envilecimiento del parlamentarismo, de la capacidad y de la autonomía del parlamentario? Es aquí, quizás, en donde habremos de cuestionarnos lo pernicioso de la prevalencia del dogma, de la ideología, sobre la política, en el recto sentido de su orientación finalista como la forma menos imperfecta con la que analizar y aspirar lealmente a solucionar los problemas y los retos que afectan a la sociedad en sus múltiples facetas del día a día. Y así y en el entendimiento de que una cierta orientación o predisposición de base se hace siempre necesaria y produce irremisiblemente, como punto de partida, un cierto y hasta saludable antagonismo, ha de ponerse en cuestión que el parlamentarismo actual se venga convirtiendo en una suerte de hooliganismo en donde las diferentes bancadas y partidos se apresten a seguir a todo trance una férrea “disciplina de partido”.</p>

<p>Hemos así visto y seguimos presenciando cómo a los mejores, a los “aristócratas”, entendidos no bajo la premisa del esnobismo sino en el mejor sentido de la palabra (mejores entre los mejores, tal y como también refería el citado maestro Ortega y Gasset), se los aparta irremisiblemente de posiciones relevantes en los partidos por el solo hecho de cuestionar lo que viene “de arriba”, cuando precisamente la luz surge de la confrontación de las ideas.</p>

<p>El Parlamento, al igual que el Senado, son las modernas “ágoras” en donde se debaten, discuten y resuelven los problemas del día a día de la “res publica”. Y si la confrontación y la alineación partidista sustituyen irremisiblemente, como sustituyen de ordinario, a la negociación y resolución de problemas, y si las decisiones vienen, como vienen, anticipadas ya por el rodillo de la mayoría, sin discusión civilizada y profunda en donde se confiera preeminencia a la razón y sí y en su lugar por la mera alineación y disciplina de voto, nos estaremos fatal e irremisiblemente apartando de las directrices de La Transición que nos trajeron a España la democracia: el debate bien fundamentado y respetuoso y el cabal consenso.</p>

<p>Señores y señoras: a este paso nos estamos cargando el sistema y estamos obligados y comprometidos a hacer cuanto en nuestra mano esté para que tal cosa no suceda.</p>

<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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  <title><![CDATA[¿Quousque tandem abutere, Catilina, patientia nostra?]]></title>
      <category><![CDATA[Opinión]]></category>
    <link>https://www.eldiariodemadrid.es/articulo/opinion/quousque-tandem-abutere-catilina-patientia-nostra/20250709082900105168.html</link>
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  <pubDate>Wed, 9 Jul 2025 08:29:00 +0200</pubDate>
      <dc:creator><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></dc:creator>
        <description><![CDATA[  «¿Hasta cuándo, Catilina, abusarás de nuestra paciencia?» Cicerón pronunció esta famosa frase en su I Catilinaria, contra un personaje, Catilina, harto ya de engaños y maquinaciones.  

 No hay día en el que la prensa no nos sorprenda con un...]]></description>
        <content:encoded><![CDATA[<p><strong>«¿Hasta cuándo, Catilina, abusarás de nuestra paciencia?» Cicerón pronunció esta famosa frase en su I Catilinaria, contra un personaje, Catilina, harto ya de engaños y maquinaciones.</strong></p>

<p>No hay día en el que la prensa no nos sorprenda con un nuevo escándalo, a cada cual de mayor magnitud y conmoción dentro y fuera de España. Paradójicamente nuestra resistencia -resiliencia que diría el de siempre- nuestra paciencia y nuestra intolerancia al embuste, no resiste tanto, sin embargo, cuando se proyecta sobre relaciones más estrechas. Así, las familiares, las derivadas de la amistad o incluso de la menos comprometida relación humana. Y no digamos ya si se proyecta sobre una relación laboral, empresarial o de negocio o de administración mercantil. Es sabido que en todas ellas las consecuencias resultan siempre funestas y las ocasiones de “redención”, como es natural, no se dan apenas y sí y en cambio y en su lugar consecuencias de índole personal y acaso patrimonial de gravedad.</p>

<p>¿A qué viene esta indulgencia entonces? ¿A qué esa distinción en el rasero de medir? ¿A qué y por qué dispensar a un político un trato más indulgente que al de un propio familiar, conocido o amigo, dependiente, o profesional? ¿Por qué, además, algo no puede dejar de ser censurable, por las buenas, por el simple hecho de no ser un delito?</p>

<p>¿Puede o debe tolerarse a un amigo, a un familiar, a un subordinado o a un administrador de cualquier negocio, un cambio súbito de parecer y un inesperado regate en lo que afecta al cumplimiento leal de sus obligaciones y compromisos? ¿Pueden alegremente desentenderse de sus obligaciones personales y legales sin consecuencias? ¿Puede nuestra confianza en ellos verse resentida una tras otra vez sin reacción de ninguna clase?</p>

<p>Bien parece que no. Y, sin embargo, se admite y tolera galanamente en el político, en el entendimiento -seriamente cuestionado en otros tiempos- de que no es un mandatario de quien lo elige y de que, por toda responsabilidad y desigualmente con lo que sucede con el resto, ellos tan solo responden ante sus electores y ante sus gobernados si su conducta se integra en un tipo penal (apropiación indebida, cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, blanqueo de capitales, etc.). Y que, en otro caso, la consecuencia se constriñe a eventualmente no renovar su candidatura en las siguientes elecciones.</p>

<p>Pues bien, con la única excepción de la responsabilidad civil derivada de la penal o de ambas, cuando se llega a tal extremo, nada ocurre y las felonías se acaban desdibujando con el tiempo en la medida en la que otras nuevas las sustituyen. El calibre del desaguisado se mide exclusivamente por lo noticiable del suceso, como si de tan solo de eso se tratase, llenando súbitamente ríos de tinta en los periódicos y protagonizando tertulias televisivas. Y pierde después interés y deja de ser noticiable en la medida en la que le suceden otros nuevos escándalos noticiables, restando importancia y convirtiendo en efímero lo sustantivo con el solo vertiginoso devenir del tiempo.</p>

<p>Frente a ello, el uso y abuso del recurso a la jurisdicción ordinaria conduce a dos consecuencias, a cual peor. La primera, que lo que no acaba siendo delito, elimina cualquier atisbo de “dudosa conducta” en sus responsables, convirtiendo en prácticamente una “buena acción” o, cuando menos, en algo “tolerable”, aquello que ha pasado el filtro de una instrucción penal y concluido con un archivo y sobreseimiento o con una sentencia absolutoria. Y, la segunda, en un sobredimensionado hábito de acudir a la jurisdicción hasta agotarla, cuando es sabido que la jurisdicción penal se fundamenta en el principio de mínima intervención y de “última ratio”.</p>

<p>En definitiva: que si se encausa o condena a alguien, cuando además la firmeza de una condena llega ineluctablemente siempre tarde, parece ser esta la única manera -única- por la que merece entonces un claro reproche social; y que, por el contrario, si tal condena no llega, el reproche a aquella conducta queda simplemente en “agua de borrajas”, cuando no en la práctica “beatificación” de quien otrora resultara investigado.</p>

<p>Y ello no deja de ser inicuo y absurdo, en la medida y en el entendimiento de que a tal extremo no es preciso llegar cuando se trata de agravios proyectados en el entorno de vínculos más cercanos. Algo falla y mucho cuando la conciencia social tolera a la clase política cambios de parecer, virajes y escándalos sin atribuírseles consecuencias de ninguna clase, más allá de las que sean resultado de actuaciones judiciales, y, para más señas, penales.</p>

<p>Ha llegado ya el momento -llegó ya hace mucho tiempo, pero llevamos demasiado ya mirando para otro lado- de tratar a los políticos, sencilla y llanamente, como a cualquier otra persona de nuestro entorno, sin tolerar, una y otra vez, el ninguneo y la defraudación de la confianza. O a la que han llegado a través de turbias y ocultas componendas con la exclusiva finalidad de “detentar” (según la RAE: retener o ejercer ilegítimamente un poder, cargo público o cualquier bien que no le pertenece a uno, lo que viene como anillo al dedo al caso), el mandato legislativo que no le concedieron las urnas.</p>

<p>Dejemos de jugar -de una vez por todas- a criminalizar las conductas que notoriamente afrentan a la ética más elemental y acudir y saturar los tribunales con el fin de hacer que los pronunciamientos condenatorios sean exclusivamente los que determinen la correcta actuación -o no- de nuestra clase política. Retornemos ya de una vez por todas a la ética y a los valores ínitos en la conciencia de todos. Lo que no es delito -máximo umbral del daño protegido por el Derecho- puede también y manifiestamente resultar censurable y no ser de recibo, exactamente igual y por el mismo camino de lo que sucede de ordinario con el resto de nuestras relaciones humanas, de cualquier clase que sean. Y tal responsabilidad es y ha de ser más que suficiente como para llegar a la dimisión o remoción de cualquiera. Despertemos de una vez de esta anestesia y llamemos a las cosas por su nombre.</p>
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        <media:title><![CDATA[¿Quousque tandem abutere, Catilina, patientia nostra?]]></media:title>
        <media:text><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></media:text>
        <media:description><![CDATA[J. Ignacio Trillo Garrigues]]></media:description>
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